Mi jubilacion BBVA

Autónomos   21 Ene 2025

Autónomos: cambios en la Clasificación Nacional de Actividades Económicas (CNAE) 2025

Autor

Instituto BBVA de PENSIONES

Desde hace más de 16 años (2009) no se habían producido cambios en el CNAE. Muchos autónomos tendrán que comunicar de nuevo a la Seguridad Social sus actividades, haciéndolo antes del próximo 30 de junio.

El Real Decreto 10/2025, de 14 de enero, por el que se aprueba la Clasificación Nacional de Actividades Económicas 2025 (CNAE-2025), que establece la Clasificación Nacional de Actividades Económicas 2025 (CNAE-2025), que sustituye la CNAE-2009, se publicó en el BOE del 15 de enero de 2025, entrando en vigor el 16 de enero de 2025.

¿Qué es el CNAE?

El CNAE sirve para agrupar y clasificar todas las actividades que desarrollan los autónomos y las empresas en España, a efectos de estadísticas y otras obligaciones.

Tras más de 16 años sin modificaciones, los cambios buscan incluir en la CNAE las actividades que han ido apareciendo en los últimos años, así como las que han ido cobrando importancia en la economía mundial, europea y nacional.

La nueva clasificación conllevará también una obligación adicional para todos los autónomos y los negocios que tienen el deber de estar dados de alta en uno de los epígrafes. Deberán comunicarlos de nuevo a la Seguridad Social, con arreglo a la actualización, entre el 1 de marzo y el 30 de junio. Se deberá comunicar la codificación de la variable actividad económica de las unidades económicas comprendidas en los registros administrativos de la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS), que se utilizan para la generación de dicha variable del Directorio Central de Empresas del INE según la CNAE-2025.

Para su inclusión en los registros administrativos de la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) identificativos de los sujetos responsables de la obligación del ingreso de las cuotas de la Seguridad Social, esos sujetos responsables de la obligación del ingreso de las cuotas de la Seguridad Social deberán comunicar a la Seguridad Social la siguiente información:

  • En el caso de los sujetos responsables que ya consten en los registros a 16 de enero de 2025, deberán comunicar la codificación de la variable actividad económica, según la CNAE-2025, antes del 30 de junio.
  • En el caso de los sujetos responsables que se incorporen a los registros desde la entrada en vigor del nuevo Real Decreto (16 de enero de 2025), deberán comunicar en el momento de su incorporación la codificación de la variable actividad económica según la nueva CNAE.
  • Asimismo, los sujetos responsables deberán comunicar, igualmente, la codificación de la variable actividad económica según la CNAE-2009 para el periodo de tiempo que transcurra entre la entrada en vigor de este nuevo Real Decreto y la entrada en vigor de la legislación de la Seguridad Social que establezca la tarifa de primas para la cotización al sistema de la Seguridad Social por accidentes de trabajo y enfermedades profesionales adaptada a la CNAE-2025.

Tendrá implicaciones también en las primas en base a las que se tasan, para los autónomos y para los negocios, el impacto de los accidentes de trabajo y enfermedades profesionales, que sirve para establecer el coste de estas situaciones, dependiendo de cada sector de actividad.

Estructura de la Clasificación Nacional de Actividades Económicas 2025 (CNAE-2025):

Es la siguiente:

  • Un primer nivel consistente en rúbricas identificadas mediante un código alfabético (secciones),
  • Un segundo nivel consistente en rúbricas identificadas mediante un código numérico de dos cifras (divisiones),
  • Un tercer nivel consistente en rúbricas identificadas mediante un código numérico de tres cifras (grupos),
  • Un cuarto nivel consistente en rúbricas identificadas mediante un código numérico de cuatro cifras (clases).

Suscripción a Newsletter