Ayuda al alquiler para las pensiones no contributivas en 2022: requisitos para su cobro
Los titulares de una pensión no contributiva que residan en una vivienda de alquiler, tienen la posibilidad de acceder a esta ayuda económica. Explicamos los requisitos para ser beneficiario de esta ayuda.
Esta ayuda económica para el pago del alquiler consiste en un pago único de 525 euros. El importe de esta ayuda lleva 12 años congelado, sin revalorizarse desde el año 2010.
Requisitos para tener derecho al cobro
Los requisitos para poder percibir la ayuda al alquiler en 2022 son los siguientes:
- Tener reconocida una pensión de jubilación o invalidez no contributiva (PNC) de la Seguridad Social en la fecha de la solicitud de esta ayuda y en la de resolución.
- Carecer de una vivienda en propiedad.
- Tener fijada su residencia con domicilio habitual en una residencia alquilada. Se entenderá que es el domicilio habitual cuando la vigencia del arrendamiento no sea inferior a un año y haya residido en la misma durante un período mínimo de 180 días anteriores a la fecha de la solicitud.
- Ser titular del contrato de alquiler de la vivienda en cuestión.
- No tener una relación conyugal ni de parentesco hasta el tercer grado con el arrendador de la vivienda alquilada, ni constituir con el arrendador una unión estable y de convivencia con análoga relación de afectividad a la conyugal.
Además, en caso de que en la vivienda convivan dos personas beneficiarias de una pensión no contributiva, solo una de ellas podrá tener derecho a percibir esta ayuda al alquiler. Tendrá derecho aquel que sea el titular del contrato de arrendamiento o, en caso de ser varios, el primero de ellos.
Cómo solicitar el complemento
El Instituto de Mayores y Servicios Sociales (IMSERSO) es el organismo encargado de la gestión de estas ayudas al alquiler para beneficiarios de una pensión no contributiva
En este apartado de la página web del IMSERSO es posible solicitar esa ayuda al alquiler.
Las personas interesadas podrán dirigir la solicitud de este complemento a los órganos competentes de las respectivas Comunidades Autónomas, Diputaciones Forales del País Vasco y Navarra, y Direcciones Territoriales del Instituto de Mayores y Servicios Sociales de Ceuta y Melilla , que tienen atribuida la competencia para la gestión de las pensiones no contributivas de la Seguridad Social.
La fecha límite para cobrar la ayuda en cada año termina el día 31 de diciembre del año para el que se solicita.
Documentos de solicitud y otra documentación a presentar
A continuación, se adjunta los formularios de solicitud que constan en la página web del IMSERSO:
Además del formulario cumplimentado, esta es la documentación que se debe aportar cuando se hace la solicitud:
- Requisito de carecer de vivienda en propiedad: se acreditará por certificado catastral telemático.
- Requisito de ser titular del contrato de arrendamiento de la vivienda: se justificará mediante fotocopia compulsada del contrato de arrendamiento en el que figure la localización de la vivienda, la identificación del arrendador y del arrendatario, y la duración del contrato. En el caso de contratos de arrendamiento no formalizados por escrito la condición de arrendatario se acreditará por cualquier medio de prueba válido en derecho.
- Requisito de residencia habitual en una vivienda alquilada: se justificará con la información contenida en el padrón municipal.
- Requisito de no tener con el arrendador de la vivienda alquilada relación conyugal o de parentesco ni constituir con aquél una unión estable y de convivencia: se acreditará mediante declaración responsable del pensionista en la que conste que el arrendador o arrendadores de la vivienda alquilada no tienen con él relación de parentesco, por consanguinidad, afinidad o adopción, hasta el tercer grado, ni conyugal ni de unión estable y de convivencia.
Revalorización de las pensiones no contributivas en 2022
Las pensiones no contributivas se han revalorizado para este año 2022 en un 3%. Por lo tanto, el importe de las pensiones no contributivas de jubilación y de invalidez se situará en los 414,90 euros mensuales (5.808,60 euros al año, en 14 pagas).
Este porcentaje de subida, recogido en la Ley de Presupuestos Generales del Estado (PGE) para 2022, también se aplicará a las pensiones contributivas mínimas y al Ingreso Mínimo Vital (IMV).