La base máxima de cotización a la Seguridad Social subirá en 2025 más que el IPC
Esta regla de revalorización de la base máxima, que se ha empezado a aplicar en 2024, consiste en la actualización anual de la misma en la variación media interanual del Índice de Precios al Consumo (IPC) de los 12 meses previos al mes de diciembre del ejercicio anterior, más un 1,2% adicional.
Por tanto, la base máxima de cotización en 2025 también se incrementará por encima del IPC lo que supondrá una revalorización de la base máxima mayor que la revalorización de la pensión máxima del sistema. La pensión máxima en 2025 subirá la variación media interanual del IPC entre diciembre 2023 y noviembre 2024 más un 0,115% adicional. Véase más información en este artículo vinculado.
Por tanto, en 2025, los trabajadores por cuenta ajena con salarios superiores a la base máxima y sus empleadores cotizarán más, sin que esa cotización adicional genere apenas derecho a una pensión mayor.
Esta medida afectará también a trabajadores como autónomos que opten por cotizar por la base máxima del Sistema, siempre y cuando se lo permita el tramo de rendimientos netos estimados que hayan elegido o el que determine la posterior regularización que, en su caso, se aplique.
Teniendo en cuenta que en los primeros 10 meses (entre diciembre 2023 y septiembre 2024) del total periodo considerado para la revalorización en 2025 (de diciembre 2023 a noviembre 2024), tanto de las pensiones como de la base máxima de cotización, la variación media del IPC ha sido del 2,9% (hasta septiembre), el porcentaje interanual en ese periodo que se tendrá en cuenta para la revalorización podría situarse entre un 2,9% o 3%.
Si en base a estos datos y a estimaciones a octubre de 2024, si suponemos un 3% de variación Interanual del IPC y le sumamos los 1,2 puntos porcentuales adicionales establecidos de revalorización la base máxima de cotización, en 2025 la base máxima podría revalorizarse un 4,2% y situarse en 59.025 euros.
Es decir, 56.646 euros de base máxima de cotización vigente en 2024, incrementada en:
Una variación media interanual del IPC entre diciembre 2023 y noviembre 2024 estimada de un 3%
Más 1,2% adicional de revalorización anual de la base máxima (que se aplica desde 2024 hasta 2050).
Esta medida supondrá un incremento de las cotizaciones de aquellos trabajadores con salarios (o ingresos) superiores a la base máxima de cotización, y de sus empleadores, sin que apena suponga más derechos de pensión, ya que la revalorización (adicional al IPC) de la pensión máxima será del 0,115% frente al 1,2% de revalorización adicional de la base máxima de cotización.
¿Qué otras medidas subirán las cotizaciones a la Seguridad Social en 2025, en el caso de personas con rentas altas?
En enero de 2025, entra en vigor la nueva cuota de solidaridad, que supondrá un importe adicional de cotización a la Seguridad Social para todos aquellos trabajadores por cuenta ajena cuyo salario sea superior a la base máxima de cotización. Esa cotización adicional no generará el derecho a un importe de pensión mayor. Esta medida afectará a los trabajadores por cuenta ajena, pero no se aplicará a los trabajadores autónomos.
La cuota de solidaridad comenzará con los siguientes tipos de cotización para el ejercicio 2025:
Un 0,92% de cotización adicional para la parte de salario comprendida entre la base máxima y un 10% superior a esa base máxima.
Un 1% de cotización adicional para el tramo de salario situado desde el 10% adicional de la base máxima hasta el 50%.
Un 1,17% para el tramo de salario por encima del 50% adicional de la base máxima.
Ese porcentaje se irá incrementando cada año (entre un 0,23% y un 0,29%, dependiendo el tramo de exceso de salario sobre base máxima) hasta alcanzar en 2045 un rango entre el 5,5% y el 7% de cotización extra aplicados sobre los tramos de salario por encima de la base máxima de cotización (dependiendo del tramo). En este artículo vinculado damos más detalles sobre la aplicación de la nueva cuota de solidaridad a partir de 2025.
Además, el Mecanismo de Equidad Intergeneracional (MEI) subirá en 2025 0,1 puntos porcentuales adicionales, para todos los trabajadores de los Regímenes de Seguridad Social (tanto trabajadores por cuenta ajena como autónomos) independientemente cual sea el importe de su salario, situándose en el 0,8% (frente al 0,7% de tipo aplicado en 2024).
El MEI continuará subiendo hasta 2029, año a partir del cual quedará situado en 1,2%. El MEI tampoco genera derechos de pensión adicionales. El MEI supondrá un incremento de las cotizaciones, no solo para los trabajadores con salarios superiores a la base máxima, sino para todos los trabajadores, independientemente de sus ingresos, tanto asalariados como autónomos.