Campaña de la Declaración de la Renta 2023: calendario y obligados a declarar
La campaña de la Declaración de la Renta correspondiente al ejercicio 2023, comienza el 3 de abril de 2024 y terminará el 1 de julio de 2024.
Fechas para confeccionar y presentar las declaraciones de Renta y de Patrimonio 2023
Son las siguientes, dependiendo de la forma de presentación:
- Del 3 de abril hasta el 1 de julio de 2024: presentación por Internet de las declaraciones de Renta y Patrimonio 2023.
- Desde el 7 de mayo hasta el 1 de julio de 2024: la Agencia Tributaria (AEAT) te podrá confeccionar tu declaración de Renta 2023 por teléfono (solicitud de cita previa desde el 29 de abril hasta el 28 de junio).
- Desde el 3 de junio hasta el 1 de julio de 2024: la AEAT podrá confeccionar tu declaración de Renta 2023 presencialmente en sus oficinas (solicitud de cita desde el 29 de mayo hasta el 28 de junio).
¿Quiénes están obligados a presentar Declaración de la Renta 2023?
Obligados a declarar en función de sus rendimientos del trabajo
Tienen obligación de declarar los contribuyentes que obtengan rendimientos íntegros del trabajo (incluidas, entre otras, las pensiones y haberes pasivos, así como las pensiones compensatorias y las anualidades por alimentos) superiores a 22.000 euros anuales, si proceden de un único pagador.
También están obligados a declarar aquellos contribuyentes cuyos rendimientos íntegros del trabajo, siendo inferiores a 22.000 euros, superen los 15.000 euros anuales y procedan de más de un pagador, y los rendimientos percibidos del segundo y restantes pagadores superen en su conjunto la cantidad de 1.500 euros anuales.
Asimismo, tienen obligación de declarar aquellos contribuyentes cuyos rendimientos íntegros del trabajo superen los 15.000 euros, cuando:
- Perciban pensiones compensatorias del cónyuge.
- Perciban anualidades por alimentos que no estén exentas. Están exentas las anualidades por alimentos percibidas de los padres/madres en virtud de decisión judicial.
- El pagador de los rendimientos del trabajo no esté obligado a retener (por ejemplo, en el caso de las pensiones procedentes del extranjero).
- Cuando se perciban rendimientos íntegros del trabajo a tipo fijo de retención.
Obligados a retener en función de otros rendimientos diferentes a los del trabajo
Además, están obligados a presentar declaración de la Renta 2023, quienes hayan obtenido rendimientos íntegros del capital mobiliario y ganancias patrimoniales, sometidos a retención o ingreso a cuenta, en su conjunto superiores a 1.600 euros anuales.
Se consideran rendimientos del capital mobiliario, por ejemplo, los dividendos de acciones, intereses de cuentas corrientes, de depósitos o de valores de renta fija, etc.
Se consideran ganancias patrimoniales, por ejemplo, las ganancias derivadas de reembolsos de participaciones en fondos de inversión, aquellas derivadas de la venta de acciones, las ganancias obtenidas por la venta de inmuebles, premios por la participación en concursos, etc.
También están obligados a presentar la Declaración de Renta 2023, quienes hayan obtenido rentas inmobiliarias imputadas, rendimientos íntegros de capital mobiliario no sujetos a retención derivados de Letras del Tesoro, y subvenciones para la adquisición de viviendas de protección oficial o de precio tasado, y demás ganancias patrimoniales derivadas de ayudas públicas, superiores al límite conjunto para todas ellas de 1.000 euros anuales.
Servicios de la Agencia Tributaria para hacer la declaración de la Renta
La Agencia Tributaria pone a disposición de los contribuyentes una serie de servicios de ayuda para realizar la declaración, ya sea:
- presencialmente,
- a través de su sede electrónica (Renta WEB ),
- por teléfono o bien usando la aplicación móvil "Agencia Tributaria" .
Para ser atendido por la Agencia Tributaria, ya sea por teléfono o presencialmente, se debe concertar una cita de manera previa, por Internet o llamando a uno de estos números de teléfono:
- 91 535 73 26
- 901 12 12 24 o 91 553 00 71
- 901 22 33 44
El Informador de Renta es una herramienta que permite repasar los aspectos generales para conocer, por ejemplo, si existe obligación de declarar o qué deducciones y reducciones puedes aplicarte.
También se pone a disposición de los contribuyentes:
- un asistente virtual , a través del cual es posible formular preguntas que serán contestadas de manera personalizada.
- un servicio de calculadora de IRPF en la web de AEAT sobre las retenciones, que puede utilizarse sin necesidad de ningún tipo de firma, identificación o autenticación previas.
- oficinas para la prestación de los servicios de información tributaria y ayuda para la confección de declaraciones.