Cómo se calcula la pensión en el caso de trabajadores a tiempo parcial
Se aplican reglas especiales en el cálculo de la pensión de trabajadores a tiempo parcial
Los trabajadores a tiempo parcial cuentan con ciertas reglas especiales a la hora de acreditar los requisitos de acceso a las pensiones contributivas y en lo que se refiere al cálculo de la pensión.
En 2014 el Congreso de los Diputados aprobó una norma mediante la cual se flexibilizaba el requisito de acceso a la jubilación de los trabajadores a tiempo parcial. Para plasmarlo en un ejemplo, antes de la reforma se exigía a un trabajador a tiempo parcial a jornada del 50% que trabajase durante 30 años para acreditar el mínimo de 15 años de acceso a la jubilación. Esto era así porque cotizando a media jornada, un día trabajado equivalía a medio día cotizado.
Lo que la reforma introdujo es la adaptación de los requisitos a la parcialidad que hayan tenido los trabajadores a lo largo de su vida profesional. Así, a un trabajador que haya trabajado siempre con un porcentaje de jornada del 50% se le exigirá el 50% de los 15 años mínimos de cotización, es decir, 7,5 años. De este modo, para acceder a la jubilación tendrá que haber trabajado un mínimo de 15 años, lo mismo que un trabajador a jornada completa.
Para determinar el número de años que se le exige a cada trabajador, se calcula lo que se denomina coeficiente global de parcialidad, que no es otra cosa que la parcialidad media que acredite a lo largo de toda su vida laboral. Una persona que haya trabajado siempre a tiempo completo tendrá un coeficiente del 100% y se le exigirán al menos 15 años de cotizaciones. Alguien cuyo coeficiente global de parcialidad sea del 70% tendrá que acreditar al menos 10,5 años.
El cálculo de la pensión
Para determinar la cuantía de la pensión de jubilación se tienen en cuenta las bases de cotización de los últimos años de vida laboral. En 2017 se computan las cotizaciones de los últimos 20 años, y desde 2022 serán los últimos 25 años. Con estas bases de cotización se calcula la base reguladora. El importe de la pensión será un porcentaje de base reguladora en función de los años que se hayan cotizado. Actualmente haber cotizado 15 años da derecho al 50% de la base reguladora. Para obtener el 100% de la base reguladora se deberán haber cotizado al menos 35 años y medio (serán al menos 37 años desde 2027).
Las peculiaridades en el caso de trabajadores a tiempo parcial
La base reguladora de las prestaciones de jubilación se calculará conforme a la regla general. Sin embargo, a efectos de la determinación de la cuantía, el número de días cotizados que resulten de la aplicación del coeficiente de parcialidad se incrementará con la aplicación del coeficiente del 1,5, sin que el número de días resultante pueda ser superior al período de alta a tiempo parcial.
El porcentaje a aplicar sobre la respectiva base reguladora se determinará conforme a la escala general, con la siguiente excepción:
Cuando el interesado acredite un período de cotización inferior a quince años, considerando la suma de los días a tiempo completo con los días a tiempo parcial incrementados ya estos últimos con el coeficiente del 1,5, el porcentaje a aplicar sobre la respectiva base reguladora será el equivalente al que resulte de aplicar a 50 el porcentaje que represente el período de cotización acreditado por el trabajador sobre quince años.
Ejemplo
Supongamos un trabajador que ha cotizado 16 años a tiempo parcial, con una parcialidad global del 50%. Este trabajadora acreditará pues 8 años de cotizaciones. Sobre este periodo cotizado se aplica el coeficiente de 1,5, resultando 12 años de cotizaciones.
Para determinar el porcentaje de base reguladora que le corresponde, y dado que acredita menos de 15 años de cotizaciones, se realizará el siguiente cálculo:
12 años de cotizaciones sobre 15 años resultan un 80%.
Ese 80% se aplica sobre el 50% que indica la ley y el porcentaje de base reguladora resultante es del 40%.