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Prestaciones   4 Sep 2024

¿Cómo solicitar la recuperación de los años de cotización por antiguas prácticas formativas?

Autor

Instituto BBVA de PENSIONES

Los ciudadanos podrán recuperar hasta cinco años de cotización de las prácticas formativas que hubieran realizado, a través de la suscripción del correspondiente convenio especial de cotización con anterioridad a 31 de diciembre de 2028.

El Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones (MISMM) ha modificado, mediante una orden ministerial, los requisitos para la recuperación de estos años de cotización. Esta modificación ha entrado en vigor el pasado 2 de agosto.

Además, las personas que ya hubieran solicitado el rescate de la cotización entre el pasado mayo de 2024, cuando entró en vigor la normativa inicial, y el 2 de agosto, cuando se publicaron las modificaciones, podrán acogerse de igual manera a estas últimas, más ventajosas a nivel de costes. 


Personas que pueden recuperar años de cotización

Podrán recupera años de cotización aquellos que realizaron prácticas académicas y no cotizaron por ellas antes de 2024 (en el caso de las no remuneradas) o anteriormente al 1 de noviembre de 2011 en los otros casos.

Para ello, las prácticas formativas han de ser de los siguientes tipos:

  • Prácticas realizadas por alumnos universitarios, ya sea para obtener una titulación oficial (grado, máster o doctorado) o para un título propio de la universidad. 
  • Prácticas realizadas por alumnos de formación profesional, cuando no se presten en el régimen de formación profesional intensiva. Es decir, siempre que no tengan carácter laboral. 
  • Prácticas realizadas por alumnos de enseñanzas artísticas superiores, enseñanzas artísticas profesionales y enseñanzas deportivas del sistema educativo.
  • Participantes en programas de formación de naturaleza investigadora, tanto en España como en el extranjero. 


No podrán suscribir este convenio especial, los pensionistas de jubilación o incapacidad permanente, salvo en los supuestos relativos a la percepción de tales prestaciones en que el artículo 2.2 de la Orden TAS/2865/2003, permite su suscripción (ver aquí).


Número de años de cotización por antiguas prácticas formativas que se pueden recuperar

Pueden recuperarse hasta 1.825 días de cotización (hasta 5 años). Quienes ya hubieran recuperado 2 años de cotizaciones en base a la regulación de 2011, también podrán beneficiarse de este nuevo convenio especial.

Las personas que hubieran participado como becarios en programas de formación no dirigidos a la obtención de un título y, asimismo, como doctorados en programas de formación de naturaleza investigadora, tanto en España como en el extranjero, pueden solicitar también convenio especial, hasta un máximo de 1.825 días (5 años).


Fecha límite para solicitar la recuperación de cotizaciones

Los interesados podrán solicitar suscribir el convenio especial con la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) hasta el 31 de diciembre de 2028, de forma previa al pago de la cotización que les correspondiera.


Importe a abonar para poder recuperar esos periodos como cotizados

La base de cotización tendrá en cuenta la base de referencia del año en el que se llevó a cabo la actividad y no la de 2024 (como inicialmente se había regulado). La cuota a ingresar se calculará tomando la base mínima de cotización del grupo 7 del Régimen General de Seguridad Social vigente cuando se realizaron las prácticas, en lugar de la de este año 2024 como inicialmente se estableció. 

El importe a pagar se situaría aproximadamente entre 40 y 140 euros por cada mes cotizado, por los periodos de prácticas realizadas entre 1980 y 2006.

Una vez calculado por la Tesorería General de la Seguridad Social el importe total de la cotización que corresponda a las mensualidades por las que se haya formalizado este convenio especial, dicho importe se reducirá mediante la aplicación del coeficiente del 0,77, constituyendo el resultado la cotización a ingresar. 


Se podrá abonar como pago único o pago a plazos

El ingreso de la cotización que corresponda por este convenio especial se podrá realizar de una de estas formas:

  • de una sola vez, dentro del mes siguiente a aquel en que se haya formalizado la suscripción del convenio especial,
  • o bien podrá fraccionarse en hasta el doble del período que se pretende recuperar como cotizado, con un máximo de 84 mensualidades (7 años).

  
En todos los casos, el ingreso deberá efectuarse a través del sistema de domiciliación en cuenta.

Las personas que ya hayan solicitado la recuperación de sus cotizaciones también pueden acogerse a las nuevas condiciones

Los estudiantes en prácticas que ya hayan solicitado el rescate de la cotización correspondiente a sus periodos becados, acogiéndose a la normativa anterior, también podrán acogerse a estas nuevas condiciones más ventajosas, que suponen menos costes para los solicitantes y que, además, suponen poder efectuar esta recuperación por un periodo mayor.

Presentación de la solicitud de suscripción del convenio especial

Se puede presentar a través de los canales indicados en el apartado “Alta, baja o variación de datos del convenio especial” de la sección “Trámites y Gestiones” de la web de la Seguridad Social.
El plazo de resolución y notificación de la solicitud es de seis meses.



Más información

Se podrán recuperar, como cotizados, los periodos de prácticas o programas de formación investigadora realizados en el pasado

Más información en la web de la Tesorería General de la Seguridad Social 

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