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Jubilación   7 Ene 2019

¿Cuáles son los principios que fundamentan el Pacto de Toledo?

Autor

Eva María Blázquez Agudo

Con el Pacto de Toledo en 1995 se iniciaba la etapa denominada "etapa de la concertación", en la que los distintos partidos políticos intentaban llegar a acuerdos sobre la evolución del sistema de la Seguridad Social, con el fin de que las reformas implantadas no se modificaran ante los cambios de Gobierno.

La Seguridad Social, tal y como la conocemos hoy,se inició en España con la Ley de Bases de la Seguridad Social de1963. Esta norma sienta las bases del sistema actual.

Posteriormente, la Constitución Española en 1978 recoge la idea de la Seguridad Socialcontributiva y añade la posibilidad de conceder tambiénprestaciones no contributivas, las cuales se regulan con posterioridad a través de una Ley en 1990.

Con el Pacto de Toledo en 1995 se inicia la etapadenominada de la concertación, en la que los distintos partidos políticosintentan llegar a acuerdos sobre la evolución del sistema dela Seguridad Social, buscando la estabilización de las reformasque se vayan introduciendo con independencia de quien se encuentre en el poderen cada momento.

En este momento, se establecen los principalesprincipios que fundamentan la Seguridad Social hasta nuestros días.A continuación, se hace referencia a algunos de los másimportantes.

1. Principios relacionados con la financiación

Se reconoce la separacióny clarificación de las fuentes de financiación,de modo que las pensiones contributivas se deben pagar con las cotizaciones delos trabajadores y las pensiones no contributivas con los impuestos. De estemodo, incluso los complementos por mínimos de las pensiones contributivas, que se basanen la carencia de recursos suficientes por parte de los beneficiarios, debenser financiados mediante impuestos.

Con el fin de garantizar el sistema, igualmente seestablece la necesidad de la constitución de reservas económicas, cuando seaposible. Con este objetivo, se creó el Fondo de Reserva, el cual ha servido paracolaborar en el abono de las pensiones de jubilaciónen los últimos años.

Asimismo, se ha referencia a la necesidad de mejorade los mecanismos de recaudación y de lucha contra la economíairregular a los efectos de incrementar las cotizaciones de todos lostrabajadores.

Por último, se hace referencia a la mejora de las basesde cotización y al seguimiento de la evoluciónde la cotización.

2. Principios relacionados con la integración de los regímenesespeciales

Se declara la necesidad de simplificar e integrarlos regímenes especiales. Con este fin se han integrado en2011 el antiguo régimen especial de las Empleadas del hogar y el régimenespecial agrario en el régimen general como sistemas especiales. Por otroparte, los trabajadores autónomos del régimen especial agrario se han integrado en el Régimende los Trabajadores Autónomos.

También hay que destacar en el marco de este principio laasimilación progresiva de la protecciónde los trabajadores autónomos con los trabajadores por cuenta ajena. Esdecir, la protección dispensada por el sistema de la Seguridad Sociala sus afiliados es cada vez más igual, sin que existan grandes diferencias segúnel régimen en el que se encuentren integrados.

3.Otros principios del sistema

Se hace especial referencia al principio de equidady el carácter contributivo del sistema. En este sentido, sepone en evidencia la necesidad del mantenimiento del poder adquisitivo de laspensiones, de modo que parece fundamental que las revalorizaciones de losbeneficios sean adecuadas a tal fin.

El sistema contributivo tiene que tener en cuentael principio de solidaridad en el reparto de los beneficios, lo que viene aapuntalar la idea de la limitación de las pensiones máximas con el finde trasladar el esfuerzo al mantenimiento de las pensiones mínimas.

Hay que poner en evidencia que en materia de pensiónde jubilación también se valora la necesidad de modificar la edad deacceso de acuerdo con las necesidades demográficas, lo que fueacometido ya por la reforma de 2013; así como la necesidad de promocionar el sistemacomplementario de pensiones de acuerdo con el mismo tipo de parámetros.

Autor: Eva María Blázquez Argudo - UC3M

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