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Salud financiera   29 Abr 2020

Declaración de la Renta: Cómo incluir el rescate de tu plan de pensiones

Autor

Instituto BBVA de PENSIONES

Las prestaciones procedentes de un plan de pensiones tienen la consideración fiscal de rendimientos del trabajo

Si a lo largo del año pasado percibiste prestaciones de tu plan de pensiones, deberás incluirlas en la declaración correspondiente a dicho ejercicio fiscal.

El importe procedente de un plan de pensiones tiene la consideración a efectos fiscales de rendimientos del trabajo, es decir, quedará equiparado a la percepción de un salario y dichos ingresos deberán ser computados en la base general del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF). Al igual que en el caso de la remuneración salarial, en los planes de pensiones la gestora aplicará la retención correspondiente en el momento de abonar las prestaciones.

Para el ejercicio 2019 la escala general de gravamen abarca desde el 19% para ingresos hasta 12.450 euros hasta el 45% para ingresos a partir de los 60.000 euros.

La reducción del 40% para determinados rescates de planes de pensiones

Las aportaciones a planes de pensiones realizadas hasta fecha 31/12/2006 y que sean percibidas en forma de capital, podrán gozar de una reducción del 40% siempre que el rescate se produzca dentro del plazo exigido en la ley. Este plazo es:

  • Para hechos causantes acaecidos en 2010 o años anteriores, el plazo límite para aplicar la reducción fué 31/12/2018.
  • Para hechos causantes acaecidos entre 2011 y 2014 habrá un plazo máximo de 8 ejercicios fiscales desde que se produce la contingencia que permite el rescate.
  • Para hechos causantes acaecidos en 2015 y años posteriores, existirá un plazo de dos ejercicios fiscales para aplicar la reducción.

Es importante tener en cuenta que la reducción solo se puede aplicar en un único rescate, dado que la ley entiende que la percepción en forma de capital comprende un pago único. En caso de disponer de varios planes de pensiones, se deberá realizar el rescate en forma de capital en todos ellos a lo largo del mismo ejercicio fiscal, que sería en el que se aplicaría esta reducción.

Para declarar en IRPF esta reducción, deberá cumplimentarse en el apartado “reducción por rendimientos irregulares” dentro del apartado “rendimientos del trabajo”.

Por otro lado, es importante destacar que el rescate en forma de capital es la única modalidad que permite aplicar esta reducción, no existiendo bonificaciones para rescates percibidos en forma de rentas.No obstante, no siempre el rescate en forma de capital es el más adecuado desde el punto de vista fiscal pese a gozar de esta reducción. Es importante analizar las circunstancias personales de cada contribuyente, porque el impacto fiscal del rescate en forma de renta es generalmente más gradual y conveniente en muchos casos, dado que el rescate en forma de capital puede elevar de forma considerable el tipo marginal y quedar desaconsejado pese a la reducción.

El rescate del plan de pensiones: un nuevo pagador

Hay que tener en cuenta que a efectos fiscales la entidad que abona las prestaciones tiene la consideración de pagador. Esto quiere decir que si un pensionista de jubilación percibe rendimientos de un plan de pensiones, tendrá dos pagadores y deberán ajustarse a los límites que esto implica a la hora de tener o no la obligación de presentar la declaración.

Cuando existe un solo pagador, no habrá obligación de presentar la declaración si no se han excedido los 22.000 euros a lo largo del ejercicio fiscal. Sin embargo, si existen dos o más pagadores y del segundo y sucesivo pagador se obtienen más de 1.500 euros, el límite que exime de presentar la declaración de la renta se reduce a 14.000 euros.

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