Informe AIReF sobre los beneficios fiscales: ¿por qué debería mantenerse la fiscalidad de los planes de pensiones individuales? (parte 2)
Detallamos a continuación algunos de los motivos de por qué se debería mantener la actual deducibilidad en el IRPF (*) de aportaciones a planes de pensiones individuales y a instrumentos alternativos con la misma fiscalidad, como los Planes de Previsión Asegurados-PPA, para que, junto con otras medidas, consigan un tan necesario desarrollo del ahorro complementario a la pensión pública de Jubilación.
(*) hasta la menor entre 8.000 euros o un 30% de los rendimientos netos del trabajo y actividades económicas.
1. La fiscalidad no es suficiente por si sola, pero si necesaria para mantener el ahorro a largo plazo.
La culpa de que no se haya ahorrado suficiente no está en que no haya funcionado la fiscalidad, sino en que han faltado otras medidas necesarias.
Aunque no suficiente por sí solo, uno de los factores necesarios para el desarrollo del ahorro a largo plazo es que disponga de adecuada fiscalidad, que no lo desincentive grabándolo en exceso.
La razón de que no se haya desarrollado el ahorro no es que la deducibilidad de las aportaciones no haya funcionado, sino que no han funcionado o no han existido otras medidas adicionales de impacto sobre el ahorro no inmobiliario. La fiscalidad sola no puede hacer todo el trabajo.
Han brillado por su ausencia las medidas en relación al desarrollo de una cultura del ahorro y de planificación financiera:
Con campañas de información y sensibilización, con acceso a información periódica sobre la expectativa de pensión pública, con programas de educación financiera desde la infancia.
Desarrollo generalizado de la presión social empresarial especialmente para pymes y rentas bajas donde simplemente no existe. Previsión social empresarial (2º Pilar) y ahorro privado individual (3º Pilar) van de la mano y se complementan: potenciando la primera se consigue crear una mayor sensibilización hacía el ahorro que ayuda al ahorro voluntario.
Sin una estrategia para autónomos (y otros colectivos específicos), que tendrán una jubilación mucho más dura que los trabajadores por cuenta propia: con pensión pública en mínimos y sin ahorro previsional.
Hagamos algunas analogías con lo que está ocurriendo con la fiscalidad de los planes de pensiones:
Si intentamos conducir un coche con 3 ruedas, es decir, al que le falta una rueda. Nuestro objetivo inicial era que avanzase 300 metros hasta el garaje, pero solo solo conseguimos conducirlo 50 metros hasta que un obstáculo lo desestabiliza.
Como el coche no avanza decidimos que las 3 ruedas que tiene puestas no están siendo efectivas y por lo tanto decidimos quitarle una rueda más, porque esa rueda no ha conseguido su objetivo. ¿Que conseguimos con esto? Con dos ruedas ya no podrá avanzar nada.
Imagina que participas con tu embarcación en una carrera de piraguas, pero solo estáis tú y otro remero, frente a los 4 remeros de cada uno de los demás competidores. Quedas último. Al revisar la situación y los datos (tiempo final e intermedio) llegas a la conclusión que el remero no ha funcionado y lo vas a quitar. La próxima vez remaras tú solo. ¿Que ocurrirá la próxima carrera?
No puedes decir que una medida no ha funcionado, cuando como se demuestra en todo el mundo esa medida por si sola NO ES SUFICIENTE.
Los sistemas de pensiones en el mundo tienen 3 Pilares. Si a un sistema con 3 Pilares le quitamos o minimizamos uno, ¿Que estabilidad futura y que diversificación tendrá ese Sistema de Pensiones?
2. El tratamiento fiscal en España de los planes de pensiones no es una deducción pura, sino un difermiento fiscal: se deducen aportaciones, pero tributan las pretaciones
Es decir, se envía el pago del impuesto al futuro.
El efecto es neutro. Es más, a diferencia del resto de paises en nuestro entorno, y del resto del ahorro e inversión realizado otros productos, los rendimientos de los planes de pensiones y de otros productos con la misma fiscalidad (PPA) están siendo gravados en el momento de cobro, como rendimiento del trabajo y no al tipo del ahorro (entre el 19 % y el 23%) , lo que supone un peor tratamiento fiscal.
Hoy en día los ingresos fiscales del Estado por retenciones por las prestaciones pagadas de planes de pensiones individuales compensan casi en un 75% los ingresos dejados de percibir debido a las aportaciones realizadas a esos planes que se deducen finalmente en cada ejercicio, como muestra este cuadro de INVERCO (Asociación de instituciones de inversión colectiva):
Eliminar las deducciones de las aportaciones de planes individuales incrementaría en ese 75% los ingresos del Estado por planes de pensiones en el corto plazo, pero elimina el ingreso fiscal futuro por las prestaciones que se cobren derivadas las aportaciones realizadas en sin deducción fiscal. Ello asumiendo que jamás se caerá en la doble imposición: es decir, en gravar tanto los ingresos obtenidos por el individuo (por ejemplo, rendimientos del trabajo) que son destinados aportaciones sin deducción como las prestaciones derivadas de esas aportaciones (salvo las plusvalías obtenidas).
En definitiva, se priorizaría incrementar ingresos el corto plazo a cambio de darle un duro golpe al ahorro y al muy necesario complemento a la pensión pública a través de ahorro privado.
En general el diferimiento fiscal en los sistemas de previsión social, pese a que las plusvalías sean tratadas como rendimiento del trabajo y no como rendimientos del ahorro, es ventajoso para la mayoría de contribuyentes aportantes a planes de pensiones, ya que el tipo marginal soportado por IRPF en la etapa de la acumulación (durante nuestra vida activa) suele ser mayor que el que soportamos una vez jubilados, ya que nuestros ingresos suelen ser inferiores.
3. La fiscalidad de los planes de pensiones en España es peor que la de la mayor parte países de nuestro entorno
En España el incentivo fiscal es muy inferior a la media de la OCDE (debido a la tributación en el momento del cobro al tipo marginal del IRPF, incluida la rentabilidad generada).
Fuente: OECD (2018), Financial Incentives and Retirement Savings, OECD
El tratamiento fiscal de los Planes de Pensiones existente en España, consistente en una reducción en la base imponible del IRPF para su posterior integración en el momento del cobro, responde al sistema EET “Exentas las aportaciones, Exentos los rendimientos durante la capitalización, Gravadas las prestaciones”, que es el estándar de la OCDE, tal y como se muestra en este cuadro:
4. Esta medida chocaría con las intenciones que la unión europea tiene para el desarrollo del ahorro privado
Esta afirmación la demuestra, entre otros, el proyecto de Planes de Pensiones Paneuropeo (PEPP), impulsado por la Comisión Europea , que reconoce la necesidad de incentivar el desarrollo del tercer pilar de la previsión social.
5. Es muy complicado “desarrollar la previsión social empresarial” por si sola, sin el apoyo y complemento de los instrumentos de ahorro privado individual
Desarrollar aisladamente la previsión social empresarial, aunque muy necesario, supondría únicamente una primera capa o peldaño de lo que será la prestación complementaria a la pensión pública en el futuro: por si sola no será suficiente.
Está ocurriendo en muchos de los paises que basan sus sistemas de pensiones en el peso de una previsión social empresarial muy desarrollada (por ejemplo, Reino Unido, Suiza, USA), especialmente en los casos de planes de aportación definida.
Debido al incremento de la esperanza de vida, las aportaciones obligatorias de empleadores y empleados, o aquellas establecidas por convenios colectivo o concesiones del empleador, están resultando insuficientes. Se está analizando incrementarlas, pero especialmente apoyarlas con aportaciones voluntarias a planes de pensiones. Un ejemplo de ello son los planes de incremento de aportaciones (escalation plan) en los planes de pensiones de empleo y planes de ahorro de Estados Unidos. Asimismo, los cálculos de insuficiencia de aportaciones obligatorias en el sistema británico de pensiones de empleo automatic enrolment para conseguir la tasa de sustitución objetivo y, para paliar la misma, las iniciativas para promover el ahorro individual que está testando el Gobierno Británico.
En el futuro, “la capa” de aportaciones voluntaria va a ser crítica en los sistemas de pensiones.
Esta situación será aún más acuciante en España si no se hiciese nada, porque partimos de niveles de ahorro muy bajos y vamos a tasas de sustitución futuras, de la pensión pública sobre el último salario, sensiblemente más bajas que las actuales.
Las proyecciones de organismos nacionales e internacionales sobre cómo evolucionará la tasa de sustitución en España indican que esta caerá significativamente en los próximos 30 años. Por ejemplo "The 2018 Ageing Report" de la Comisión Europea prevé que la tasa de sustitución pase de un 78,7% en 2016 a un 49,2% en 2050 (y a 46,4% en 2060), es decir se reduzca en casi 30 puntos porcentuales.
Seamos realistas y reconozcamos que en las futuras décadas o bien se habrá de retrasar la edad legal de jubilación o bien se habrá de aplicar un factor reductor de la pensión pública en función de la esperanza de vida de cada generación, como es el factor de sostenibilidad, o bien ambos. Esta medida hará que la tasa de sustitución de la pensión sobre el último salario caiga como mínimo a los niveles proyectados mencionados en el informe de la Comisión Europea.
Teniendo en cuenta esas estimaciones de caida de la tasa de sustitución, una persona que se incorporase hoy al mercado de trabajo con 25 años, con un salario equivalente al salario medio en España (23.643) que se fuera actualizando durante su vida laboral en un 1,5% anual, y tuviera una carrera laboral casi completa ( que hoy le hubiera dado derecho a una pensión que representase el 85% de su último salario), tendría que ahorrar ( y/o que se aportase a su favor) anualmente entre un 7% y 8% de su salario para poder jubilarse en 2060 con una pensión total (pública más privada) con una tasa de sustitución del 78%, es decir cercana a la que tendría si se jubilase hoy (85%). Sino lo hiciese, su tasa de sustitución quedaría por debajo del 60%.
No obstante, hay que ser realista respecto al esfuerzo que pueden hacer las empresas, especialmente las pequeñas, con aportaciones a sistemas de previsión.
En el más optimista de los casos, para no ahogar a las pymes españolas, un 4% de aportación sobre salario (*), repartido a razón de un 2% empleado y 2% empresa, podría llegar a requerirse en un sistema nacional de previsión social empresarial semiobligatoria (con obligación para las empresas para promoverlo). El resto, o más, debería afrontarse con ahorro voluntario.
(*) o un 5%: 3% empleado y 2% empresa.
Pero nuestra realidad parece que va por otro camino. Probablemente el sistema de pensiones de empleo en España continúe siendo voluntario y construido sobre la negociación colectiva. Muchos actores hablan de establecer aportaciones base de un 1% empresa más un 1% empleado, lo cual aplicado sobre el salario medio en España (23.643 euros en 2019) supone aportaciones medias de 472,5 euros anuales, que son incluso inferiores a la aportación media a Planes de Pensiones de Empleo que tenemos hoy en día (en torno a 675 euros anuales), y a todas luces insuficientes por sí solas.
Téngase en cuenta además respecto a esa aportación media, que los Planes de Pensiones de Empleo actualmente son utilizados por grandes y medianas empresas. Si las pequeñas hubieran de promover sistemas de previsión social, la aportación media sería incluso inferior.
Por lo tanto, por mucho que desarrollemos las aportaciones a planes de empleo, necesitaran ser complementadas con aportaciones voluntarias complementarias, y además en muchos casos estas no podrán ser canalizadas a través de planes de pensiones de empleo o de PPSE sino que necesitaran instrumentos de previsión individual.
Si el sistema de empleo es voluntario, las pymes (la mayoría de empresa de este país) no entrarán el mismo y sus empleados no tendrán instrumentos óptimos de ahorro a largo plazo.
6. Los autonomos no pueden quedar sin instrumentos de ahorro
Distintos colectivos muy numerosos, como los autonomos personas físicas que no sean empleadores, necesitan de planes de pensiones individuales y otros instrumentos individuales, que mantengan un adecuado tratamiento fiscal, para su ahorro ocupacional. Al no tener un empleador no pueden acceder a los instrumentos de previsión empresarial.
La necesidad de ahorro individual, con un adecuado tratamiento fiscal, para los autonomos es imperiosa, ya que un 85% está cotizando por la base mínima y van a generar pensiones mínimas de jubilación.
Dentro de este colectivo podríamos también mencionar a los profesionales liberales, muchos de los cuales no pueden acceder a sistemas de previsión social empresarial, que sufren importantes caídas de ingresos con ocasión de la jubilación, y necesitan ahorrar a través de instrumentos de previsión social individuales o planes de pensiones del sistema asociado para complementar su pensión pública.
Asimismo, las personas discapacitadas y los cónyuges dependientes, que no generan en muchos casos pensiones contributivas o las generan de importes modestos, necesitan de instrumentos de ahorro individual con adecuada fiscalidad para, con la ayuda de sus familiares, sentar las bases de unos ingresos dignos para cuando sean mayores. En algunos casos se da la dificultad de que, siendo discapacitados, cuando llegan a la vejez no tendrán ya familiares que cuiden de ellos.
7. Que el modelo de deducción fiscal de las aportaciones a planes de pensiones puede generar oportunismo fiscal significa que hay que evolucionarlo, pero no eliminarlo
Hoy en días las la deducción en la base imponible del IRPF por las aportaciones realizadas se reembolsan al contribuyente, por lo que constituye un instrumento de corto plazo para mejorar la factura fiscal año a año.
El modelo debería mantenerse evolucionándolo.
El importe de la deducción a devolver por las aportaciones realizadas debería revertirse al Plan de Pensiones como más aportación. O revertirse como mínimo el tramo de importe a devolver a partir del nivel en que la deducción por la aportación compense los saldos de renta que hubieran resultado a pagar si no hubiera habido aportación.
Es un instrumento poderoso de inculcar la cultura del ahorro, que multiplicaría el mismo, y que evitaría utilizaciones oportunistas de este tipo de instrumento: es decir simplemente aportar por el hecho de recuperar impuesto.
Los cálculos de INVERCO en este sentido muestran que el ahorro reinvertido en el propio o en otro Plan de Pensiones, hace que el importe acumulado en el momento de la jubilación sea un 40% superior. Por ejemplo, Con aportaciones de 2.000 euros anuales:
Hipótesis utilizadas: 3% rentabilidad anual, para la simulación el tramo 20.200-35.200 euros de base imponible en el IRPF, al que le corresponde un tipo marginal del 30%. Se realiza el cálculo para tres períodos de acumulación diferentes (20, 30 y 40 años)
Reino Unido es un clarísimo ejemplo del éxito de este modelo, de participación del Estado en las contribuciones al instrumento de Ahorro. Si bien en ese país el esfuerzo que hace el Estado es muy superior al que se tendría que hacer en España, porque en Reino Unido, conviven la exención y deducibilidad de aportaciones a instrumentos de pensiones (primer y segundo pilar) con adicionalmente este modelo de subvención condicionada por parte del Estado.
En España el coste fiscal sería el mismo al actualmente existente (sobre la base de mismo número de aportaciones). Es decir, no habría un coste fiscal adicional: simplemente se convertirán deducciones devueltas en deducciones aportadas a planes de pensiones.
En Reino Unido tenemos dos ejemplos destacados:
El caso del sistema nacional de previsión social empresarial de automatic enrolment. De una aportación total mínima obligatoria de un 8% sobre el salario pensionable, el Estado aporta al instrumento de pensiones un 1%, siempre y cuando el empleado realice su aportación obligatoria (4%), y la empresa realice la misma.
Las cuentas de ahorro “Savings Gateway” accounts que se legislaron a través de una ley de 2009 (y fueron derogadas en 2011, por lo que ya no están vigentes).
Estas fueron una iniciativa del Gobierno que tenía entre otros los siguientes objetivos:
incrementar el ahorro periódico, especialmente entre personas de ingresos bajos, promover los hábitos de ahorro y la cultura financiera
aumentar la confianza hacia las entidades de servicios financieros, y convertir activos “informales” (dinero en casa) en activos “formales” (cuentas de ahorro) que aportaban un mayor rendimiento y protección.
Esta iniciativa también supuso un esquema de matching contribution o subvención condicionada: por cada libra aportada a una cuenta de ahorro de este tipo, el Estado aportaba oasdfasdfasdro tanto, con un límite máximo de aportación del Estado.
Los datos mostraron que cuando una persona con ingresos bajos se encuentra con la propuesta de ahorrar con el “incentivo” de una aportación adicional del Gobierno, condicionada a la realización de su propia aportación, tiende a responder positivamente y a casar esa subvención del Gobierno con un importe igual de su aportación previa.
8. Comisiones Planes de Pensiones: ajustadas a lo largo de los años y en la línea de otros paises europeos
Este es un punto determinante para evaluar la adecuación de los planes de pensiones individuales como instrumento de ahorro, ya que las comisiones inciden en la rentabilidad neta real obtenida por los partícipes, minorando la rentabilidad bruta del fondo.
Según datos de INVERCO, las comisiones de gestión y de depósito de los Planes de Pensiones individuales se han reducido un 20,6% en los últimos siete años y actualmente suponen el 1,15%.
Este importe es perfectamente homologable a cualquier producto de ahorro voluntario para la jubilación a nivel europeo. Por ejemplo, El proyecto de Plan de Pensiones Paneuropeo (PEPP), establece como comisión máxima el 1% para el PEPP básico (en este caso producto que busca una protección del capital vía ciclo de vida o vía garantía financiera) y sin incluir el coste de la garantía.
Además, en esta reducción de la comisión media de los PPI no se refleja el cambio de la cartera de los Fondos de Pensiones, en los que la renta variable suponía un 15% en 2011 y hoy pondera casi un 40%, es decir se ha multiplicado por tres (teniendo en cuenta que las comisiones máximas de los Fondos oscilan entre el 0,85% los de renta fija a corto plazo, y el 1,5% de Renta Variable).
Comisión de Gestión (%)
2010
2014
2018
Planes individuales
1,46
1,31
1,15
Fuente cuadro: INVERCO
9. En España en ocasiones “se confunden” los pilares del sistema de pensiones (o canales de ahorro) con los instrumentos o productos de pensiones
Querer desarrollar la previsión social empresarial es incongruente con desincentivar el uso de planes de pensiones individuales.
Estos instrumentos, debería ser instrumentos aptos para el ahorro ocupacional en muchos casos tales como compromisos por pensiones de Pymes, ahorro ocupacional de los autonomos, aportaciones voluntarias complementarias a las obligatorias.
Los Planes de Pensiones de Empleo-PPE son soluciones costosas y poco flexibles para las microempresas y autonomos empleadores, además de no ser aceptados en no pocos casos por no cumplir con los requisitos de aportación mínima. Deberían poder recurrir a PPI o otros instrumentos individuales para cumplir con sus compromisos por pensiones.
Los Planes de Previsión Social Empresarial-PPSE no son por si solos suficiente alternativa a los PPE para conseguir esa flexibilidad y menores costes que necesitan las pymes, ya que son una solución garantizada que en no pocos no permite obtener rentabilidades superiores a la inflación.
Para complementar adecuadamente a los PPE, además de los PPSE son necesarios los instrumentos individuales.
10. Se puede establecer medidas para garantizar un uso adecuado de la deducción fiscal sin caer en su eliminación:
Entre las medidas podrían estar:
La ya comentado como no devolver la deducción y aportarla al plan de pensiones.
Permitir la deducción solo en caso de aportaciones periódicas
Establecer diferentes formas de distribución de la deducción fiscal que beneficie a rentas bajas y medias.
11. La inversión en fondos de pensiones genera riqueza a la economía española
El desarrollo del ahorro a largo plazo es un generador de inversión, desarrollo empresarial, empleo y por lo tanto consumo. En definitiva, un motor y generador de riqueza para la economía local.
Respetando el principio de que la diversificación geográfica de activos en las carteras de inversión reduce el riesgo de la inversión e incrementan la rentabilidad a medio plazo, la inversión de parte del patrimonio de los fondos de pensiones en deuda pública nacional, en las empresas nacionales y proyectos empresariales locales y regionales de cada país (por ejemplo, operando como capital riesgo), y en infraestructuras nacionales, ayuda a desarrollar la economía nacional y al crecimiento.
Esta generación de riqueza que produce en un país su mercado privado de fondos de pensiones está directamente vinculada al tamaño y desarrollo que ese mercado tenga. Un ejemplo de ello son Holanda, Suiza, Australia, Reino Unido y USA, con mercados de pensiones privadas muy desarrollados, donde los activos gestionados en fondos de pensiones superan el 100% del PIB, y en algunos casos ampliamente. Estos fondos de pensiones en muchos casos invierten también en deuda pública local, infraestructuras y proyectos empresariales.
Informe AIReF sobre los beneficios fiscales: ¿porque debería mantenerse la fiscalidad de los planes de pensiones individuales? (parte 1) Resumen
Más información
Acceso al informe AIReF "Spending Review" - 22 de julio de 2020
Nota de Prensa de Inverco
Importancia de los planes de pensiones en la economía española. Documento de apoyo INVERCO