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Bienestar financiero   3 Feb 2021

Grados de dependencia y prestaciones en el marco del SAAD

Autor

Juan Oliva | Luz María Peña Longobardo | Raúl del Pozo Rubio

En este post se describe en primer lugar el peso que han tenido las prestaciones de dependencia (económicas y servicios) desde la puesta en funcionamiento de la Ley de Dependencia, para a continuación detallar la distribución de prestaciones según el grado de dependencia de la persona beneficiaria. Cabe señalar que la información pública es bastante exigua, por lo que el menor grado de severidad carece de dicha información.

En posts anteriores hemos descrito, por un lado, los tres grados de dependencia que reconoce el SAAD y la severidad inherente a cada uno de ellos en términos de número de veces al día que la persona con dependencia precisa ayuda; y por otro, la diferencia entre prestaciones de servicios y económicas, y a su vez, cómo las principales prestaciones de servicios correspondían a servicio de atención residencial, centros de día/noche y servicio de ayuda a domicilio, mientras que las prestaciones económicas hacen lo propio en vinculada al servicio, de asistencia personal y para cuidados en el entorno familiar y apoyo a cuidadores no profesionales.

Según muestran las estadísticas del SAAD ofrecidas por la Subdirección General de Planificación, Ordenación y Evaluación del IMSERSO, existe una importante heterogeneidad de distribución de prestaciones en función del grado y de la comunidad de residencia. Ello se debe a que el grado no expresa o no indica qué tipo de prestación necesita la persona dependiente, si de servicios o monetaria, sino la rapidez o urgencia con que precisa la prestación. Por ejemplo, pensemos en una persona que se encuentra en la fase tardía o de demencia grave a causa de la enfermedad de Alzheimer, y una persona de muy avanzada edad con fractura de la cadera que le causa una postración vitalicia: si bien en ambos casos el grado de dependencia puede ser la gran dependencia, las necesidades de la persona postrada pueden ser diametralmente diferentes de la persona con Alzheimer que todavía puede contar con movilidad.

Si bien el objeto inicial de la Ley de Dependencia en términos de balance de prestaciones era conferir un carácter preferente a la prestación en especie o de servicios en detrimento de un carácter puramente residual a la prestación económica, el inicio de la existencia de estadísticas, en el año 2008, reveló un comportamiento contrario. En términos generales, a finales de 2008, el 44,62% de las prestaciones eran de servicios, mientras que el 55,38% eran prestaciones económicas: y de estas, el 75,06% correspondían a la prestación económica para cuidados en el entorno familiar y apoyo a cuidadores no profesionales. Un año más tarde, en 2009, se registra la máxima distancia de la intención inicial, puesto que las prestaciones económicas alcanzan un peso del 63,03%, de las que la prestación diseñada para el cuidado informal escala hasta el 87,82% de éstas, los servicios quedan reducidos por su parte hasta el 37,38% de las prestaciones. Desde este año, las prestaciones económicas comienzan a perder peso paulatinamente, puesto que así lo hace la prestación económica para el cuidado informal, y esa tendencia se mantiene hasta la actualidad. Por ejemplo, en 2013, las prestaciones de servicios alcanzan la cota del 40%, teniendo un peso la prestación económica diseñada para el cuidado informal del 84,75% del total de prestaciones económicas. En 2019, las prestaciones de servicios alcanzan su tercer mayor registro de la serie, con un peso del 46,91% del total de prestaciones, quedando las prestaciones económicas asignadas en el 53,03% de todas las prestaciones, y donde la prestación económica establecida para cuidados informales logra su cota más baja, con un peso del 72,84% del total de prestaciones económicas.

Tratando de unir tipo y naturaleza de prestación con grado de dependencia, tenemos que señalar que la única información completa y pública existente es una publicación que realizó en IMSERSO en enero de 2011, y que contiene información relativa únicamente de los grados II y III de dependencia.

A nivel nacional, según esta información, se observa que para el mayor grado de severidad de dependencia (grado III), la prestación más utilizada es la prestación económica para cuidados en el entorno familiar y apoyo a cuidadores no profesionales (52,59% del total) en el entorno familiar y apoyo a cuidadores no profesionales, seguida de los servicios de atención residencial (21,35%), servicio de ayuda a domicilio (10,51%), la prestación económica vinculada al servicio (9,06%), y los centros de día / noche (6,30%). Cabe señalar la escasa utilización, sólo en este grado, de la prestación económica para asistencia personal, con un 0,18% de las prestaciones totales, siendo el País Vasco prácticamente la única comunidad que la desarrolla, aunque muy tímidamente (78,31% de todas las prestaciones de asistencia personal tienen lugar en el País Vasco).

El grado II de dependencia parece mostrar un comportamiento muy similar al del grado III. En este sentido, de nuevo la prestación económica para cuidados en el entorno familiar y apoyo a cuidadores no profesionales es asignada en casi 6 de cada 10 prestaciones (58,08%), seguida en este grado del servicio de ayuda a domicilio, con un peso del 17,97%, y posteriormente, los servicios de atención residencial (11,43%) y centros de día / noche (6,91%). Cierra el ranking la prestación económica vinculada al servicio (5,61%), quedando sin ninguna prestación la prestación económica de asistencia personal.

Respecto al grado I de dependencia, como ya hemos comentado, no existe información específica sobre distribución de prestaciones por grado. Sin embargo, nos gustaría señalar que desde el 1 de enero de 2014, no se puede asignar una prestación de atención residencial, ni tampoco financiar un servicio de atención residencial enmarcado dentro de la prestación económica vinculada al servicio para aquellas personas que hayan sido baremadas y reconocidas con dicho grado.

(*) Juan Oliva, Luz Mª Peña Longobardo y Raúl del Pozo Rubio son profesores del Departamento de Análisis Económico y Finanzas de la Universidad de Castilla La Mancha. Su actividad científica está centrada en la economía y gestión de la salud, con especial interés en el impacto económico de las enfermedades, el uso de la evaluación económica aplicada a la toma de decisiones Y el análisis de los cuidados de larga duración.

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