Importe de la Renta Activa de Inserción en 2024 y requisitos para tener derecho a la misma
Si estás en paro y no tienes derecho a la prestación contributiva de desempleo ni al subsidio por desempleo, podrás solicitar el cobro renta activa de inserción (RAI) si cumples los otros requisitos que te explicamos a continuación. El importe de la prestación en 2024 son 480 euros mensuales.
Requisitos para tener derecho a la RAI
Para acceder a la Renta Activa de Inserción es necesario ser menor de 65 años, estar en desempleo e inscrito como demandante de empleo, mantener dicha inscripción durante todo el período de percepción de la prestación y suscribir el acuerdo de actividad.
El acuerdo de actividad es el acuerdo escrito entre los servicios públicos de empleo y la persona trabajadora que demanda esos servicios, en el que se establecen los derechos y obligaciones de ambas partes para incrementar la empleabilidad de esta última, teniendo en cuenta, en su caso, las necesidades de los colectivos prioritarios.
En el caso de personas desempleadas de larga duración o persona con discapacidad, previamente deberán acreditar ante el servicio público de empleo autonómico la realización de acciones de búsqueda activa de empleo (BAE).
Otro requisito, para tener derecho al cobro de esta prestación, es el de no haber sido beneficiario de tres derechos al programa de RAI anteriores.
Requisitos de carencia ingresos
Además, para acceder a la RAI, se exige no tener ingresos mensuales propios superiores al 75 % del salario mínimo interprofesional (SMI), excluida la parte proporcional de dos pagas extraordinarias. Las rentas se computarán por su rendimiento íntegro o bruto.
Teniendo en cuenta que el salario mínimo interprofesional en 2024 asciende a 1.134 euros mensuales (15.876 euros anuales, en 14 pagas), en 2024 los ingresos propios máximo para tener derecho a la RAI ascienden a 850 euros mensuales.
En caso de que el solicitante tenga cónyuge y/o hijos menores de 26 años o mayores con discapacidad, o menores en acogida, se entenderá cumplido el requisito de carencia de rentas cuando la suma de las rentas de todos los integrantes de tu unidad familiar así constituida, incluyendo la del solicitante, dividida por el número de miembros que la componen, no supera el 75 % del SMI, excluida la parte proporcional de dos pagas extraordinarias.
Otros casos con derecho a RAI: violencia de género
También pueden acceder a la RAI las víctimas de violencia de género, doméstica o sexual que tengan acreditada dicha condición ante la Administración competente, siempre que no hayan sido beneficiarias con anterioridad de tres programas, que no convivan con la persona agresora, que figuren inscritas como demandantes de empleo y que cumplan el requisito de carencia de rentas de la unidad familiar.
Duración de la prestación de la Renta Activa de Inserción
La RAI se concede durante 11 meses como máximo. Se cobra con efectos del día siguiente a la solicitud.
Importe de la RAI
El importe mensual de la Renta Activa de Inserción es el 80 % del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM).
En 2024, el importe máximo de la RAI asciende a 480 euros mensuales.
¿En qué fechas se paga la Renta Activa de Inserción?
El pago de la RAI se realizará por mensualidades de 30 días, entre los días 10 y 15 del mes inmediato siguiente al que corresponda el devengo.
Salvo excepciones, el pago de efectuará, mediante el abono en la cuenta de la entidad financiera que indiques, siempre que seas titular de la misma.
Otras ayudas complementarias o alternativas a la RAI, dentro del programa
Además, los beneficiarios de la RAI pueden percibir otras ayudas:
Ayudas complementaras a la prestación de RAI:
- Las víctimas de violencia de género, sexual o doméstica que se haya visto obligadas a cambiar tu residencia en los doce meses anteriores a la solicitud de admisión al programa de RAI o durante tu permanencia en este, pueden solicitar una ayuda suplementaria de tres mensualidades de la RAI, en un pago único sin que ello minore la duración de dicha renta. Esta ayuda complementaria se podrá percibir una sola vez por cada derecho de admisión a la RAI.
Ayudas alternativas a la RAI (cuando esta se suspende o se reduce):
- En caso de comenzar a trabajar como autónomo o por cuenta ajena a tiempo completo, se suspende el pago de la RAI y se tendrá derecho a una ayuda equivalente al 25 % de la cuantía de la misma durante un máximo de 180 días, sin que ello reduzca la duración de la RAI pendiente de percibir.
- En el caso de encontrar un trabajo a tiempo parcial se deducirá del importe de la RAI la parte proporcional al tiempo trabajado y el período pendiente de percibir mientras se mantenga la compatibilidad, se ampliará en la misma proporción.