La fiscalidad de las pensiones no contributivas
Las pensiones no contributivas tendrán la consideración de rendimientos del trabajo, si bien generalmente su impacto fiscal será muy reducido o nulo
Las personas que no acreditan las cotizaciones suficientes para acceder a las pensiones en su nivel contributivo y sí cumplen determinados requisitos pueden optar por solicitar una pensión de carácter no contributivo. Para acceder a estas pensiones, de menor cuantía, no se exige un periodo mínimo de cotizaciones, y sí se exigen otros requisitos como puede ser acreditar carencia de rentas o tener fijada la residencia en España. Las pensiones no contributivas se financian a través de aportaciones del Presupuesto del Estado al de la Seguridad Social, figurando el crédito en el Presupuesto de gastos y dotaciones del Instituto de Mayores y Servicios Sociales (Imserso), abonándose a través de la Tesorería General de la Seguridad Social, excepto en las Comunidades Autónomas de Navarra y el País Vasco. Tal y como se refleja en las recomendaciones del Pacto de Toledo y en la intención del Gobierno de incluir en la próxima reforma de las Pensiones el traspaso de la Seguridad Social al Estado de los llamados gastos impropios, estas prestaciones no contributivas empezaran a ser una partida de gasto a cargo de los Presupuestos Generales del Estado a partir de 2021. Existen dos tipos de pensiones no contributivas:
- Pensión NO Contributiva de Jubilación: Esta prestación asegura a todos los ciudadanos en situación de jubilación y en estado de necesidad una prestación económica, asistencia médico-farmacéutica gratuita y servicios sociales complementarios.
- Prestación NO Contributiva de Invalidez: Esta prestación asegura a todos los ciudadanos en situación de invalidez con un grado de discapacidad de al menos el 65% y en estado de necesidad una prestación económica, asistencia médico-farmacéutica gratuita y servicios sociales complementarios, aunque no se haya cotizado o se haya hecho de forma insuficiente para tener derecho a una Pensión Contributiva. Esta pensión es compatible con el salario por trabajo hasta un liÌmite de 11.992,43 euros anuales (2020). Este liÌmite es la suma de la cuantiÌa de la pensioÌn no contributiva, más el indicador puÌblico de rentas de efectos muÌltiples (IPREM). Si se supera dicha cantidad, la pensioÌn se minora para no sobrepasar el liÌmite establecido.