La jubilación anticipada para autónomos: ¿En qué casos se aplica y cuáles son los requisitos?
La ley permite la jubilación anticipada voluntaria de los autónomos, dos años antes de la edad legal y con una cotización mínima de 35 años. Pero no pueden acceder a la jubilación anticipada forzosa (involuntaria) ni tampoco a la contemplada para periodos de crisis para el régimen general.
Existe una posibilidad para los autonomos de jubilarse anticipadamente, que en algunos casos compensa y en otros no. La normativa anterior a la actualmente vigente no contemplaba la jubilación anticipada, aunque el Estatuto del TrabajoAutónomo (Ley 20/2007) preveía su implantación en algunos casosexcepcionales (para actividades de naturaleza tóxica, peligrosa o penosa ysituaciones de discapacidad). Es decir, había excepciones pero no unaposibilidad general de jubilación anticipada para todos.
Desde la reforma de las pensiones que entró en vigor el 1 de enero de 2013 y las modificaciones llevadas a cabo por el Ejecutivo en el mes de marzo de 2013, se estableció que los trabajadores autónomos podrían jubilarse antes de tiempo, con las condiciones de la jubilación anticipada voluntaria.
Es decir, tendrán que tener una edad como máximo dos años menor a la edad legal de jubilación en cada momento (en 2027, cuando la edad de jubilación sean 67 años, la edad anticipada serán los 65) y tendrán que tener un mínimo de 35 años de cotización, aplicándose un coeficiente reductor en función del número de meses de anticipo de la jubilación y del número de años de cotización acreditado. Más abajo se muestra la tabla con los coeficientes aplicables.
¿Cuáles son los requisitos?
Con carácter general, para tener derecho a recibir anticipadamente lapensión se exigen los siguientes requisitos, comunes con los de los trabajadores porcuenta ajena. En primer lugar, tener cumplida una edad que como máximo seainferior en dos años a la edad legal de jubilación que le corresponda. También, tener al menos 35 añoscotizados a la Seguridad Social.
Y por último, una vez acreditados los requisitos generalesde edad y cotización, la ley exige que "el importe de la pensión a percibir hade resultar superior a la cuantía de la pensión mínima que correspondería alinteresado por su situación familiar al cumplimiento de los 65 años de edad. Encaso contrario, no se podrá acceder a esta fórmula de jubilación anticipada".
¿Tienen iguales derechos dejubilación anticipada que un trabajador por cuenta ajena?
No. Hay que aclarar que la reforma de la jubilaciónanticipada no hacía inicialmente referencia a los autónomos, pero la presión delas asociaciones de autónomos en la tramitación parlamentaria hizo que seincluyeran, si bien solo en algunos casos. Así, se establece la jubilaciónanticipada voluntaria para los trabajadores por cuenta propia a partir de dosaños ante de la edad legal ordinaria de jubilación.Pero se les veta laposibilidad de la jubilación anticipada forzosa (debido a despidos o situacionessimilares) o por situación de crisis, síreconocidas para el régimen general. Esas normas permiten a lostrabajadores por cuenta ajena dejar de trabajar cuatro años antes de la edad legal(esto es, a los 63 años en 2027, cuando la edad legal de retiro sean los 67años) siempre y cuando hayan cotizado al menos 33. Esta opción enprincipio sólo es aplicable a trabajadores en el régimen general, no a losautónomos, que como venimos diciendo solo pueden acceder a la jubilación anticipada voluntaria.
¿Compensa esta forma de jubilación?
Depende el caso. La pensión que recibirá, tanto el autónomo como el trabajador por cuenta ajena, no dependerá sólo de las bases de cotización de los últimos años (a partir de 2022 los 25 últimos años), sino también del número de años cotizados. En función de esos años cotizados y del número de meses de adelanto de la jubilación se aplicarán unos u otros coeficientes correctores, por lo que en función del tiempo que se adelante la jubilación, el recorte será mayor o menor.
¿Cuáles son esoscoeficientes reductores para la jubilación anticipada voluntaria?
Los coeficientes reductores sobre la pensión para aquellos que decidan jubilarse anticipadamente de manera voluntaria serán los siguientes: del 8% (por año adelantado de jubilación) con hasta 38 años y seis meses cotizados; del 7,5% para quienes hayan cotizado entre 38 años y seis meses y menos de 41 años y seis meses; del 6,8% para los que estén entre 41 años y seis meses cotizados y menos de 44 años y seis meses, y del 6,5% para quienes hayan cotizado igual o más de 44 años y seis meses.
Entonces... ¿compensa?
Los expertos explican que hay que tener en cuenta varios factores para analizar si compensa o no: el recibir anticipadamente la pensión hace que la cuantía a recibir sea menor que la que le correspondería en caso de seguir cotizando pero el autónomo percibe pensión durante ese tiempo y ahorra también las bases de cotización de ese periodo. Por eso, todo dependerá de cada caso.