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Salud financiera   7 Ene 2019

Los mayores de 65 años tienen más fácil obtener rentas para toda la vida

Autor

Instituto BBVA de PENSIONES

No pagarán peaje fiscal por las plusvalías que obtengan al vender sus bienes, siempre que destinen esos ingresos a construir unas rentas vitalicias que complementen su pensión pública.

Los mayores de 65años tienen más facilidades para lograr unos ingresos recurrentes que durentoda su vida, desde el momento de su jubilación, y que les ayuden acomplementar sus pensiones públicas. Quienesvendan cualquier tipo de activo, desdeinmuebles (a partir de la segunda vivienda) a acciones u objetos de valor,y reinviertan el dinero obtenido en productos financieros que den una rentavitalicia no tributarán por la plusvalía generada en estas operaciones.

Esta medida permiteeximir de cotización la renta obtenidapor la transmisión de cualquier elemento patrimonial, seamueble o inmueble (segunda y sucesivas viviendas) siempre que el importeobtenido, con un máximo de 240.000 euros, se reinvierta en rentas vitalicias que complementen la pensión.

De esta manera, se está incentivando que los mayores puedan destinar sus recursos ilíquidosa complementar su pensión pública, aliviando su peaje fiscal si la forma deobtener las rentas vitalicias es invertir en algún producto con el capitalobtenido a través de la venta tanto de bienes físicos (una segunda vivienda,por ejemplo) como de activos financieros (deuda del estado, acciones, etc). Enresumen, los mayores de 65 años tienen la capacidad de hacer líquido cualquierbien material que tengan para dedicarlo a una renta vitalicia que complementesu pensión, con una fiscalidad favorable.

Los requisitos

Para beneficiarsede la exención de la tributación por la ganancia en el año en que se produce la alteración delpatrimonio, deben cumplirse una serie de condiciones. En primer lugar, el plazo: en el plazo máximo de seis meses desde esta ganancia, el importe totalobtenido debe destinarse a constituir una renta vitaliciaa favor del contribuyente.

En segundo lugar hay un importe máximo por el que se exime de tributación: hasta 240.000 euros. Si no se destina latotalidad del importe obtenido a la constitución de la renta vitalicia, laganancia estará exenta en la parte que proporcionalmente corresponda.

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