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Salud financiera   10 Dic 2020

Los Planes de Previsión Social Empresarial (PPSE): una herramienta de previsión en el ámbito de la empresa

Autor

Instituto BBVA de PENSIONES

Los Planes de Previsión Social Empresarial son el equivalente a los Planes de Pensiones de Empleo, pero basados en un seguro

Dentro del amplio abanico de productos que se ofrecen en el mercado asegurador para la jubilación, el Plan de Previsión Social Empresarial (PPSE) es el producto análogo al Plan de Pensiones de Empleo dentro del mundo asegurador.

Se trata de un seguro de vida- ahorro colectivo de compromiso por pensiones vinculado a la jubilación- de aportación periódica o única con garantía de tipo de interés. En este producto el Tomador es la Empresa, que tiene el acuerdo con sus empleados, los cuales son los asegurados. Las contingencias que puede cubrir son: jubilación, fallecimiento, incapacidad permanente, dependencia severa y gran dependencia estas coberturas dependerán de lo acordado en el texto que regule los compromisos por pensiones. Adicionalmente se puede cobrar la prestación por desempleo de larga duración o enfermedad grave.

La iniciativa de contratación parte de la empresa y normalmente se instrumentaliza con aportaciones de la propia empresa aunque permite también aportaciones de los trabajadores.

La principal diferencia con los Planes de Pensiones es que el instrumento jurídico para su constitución es una póliza de seguro colectivo y no conlleva la creación de una comisión de control.

Los PPSE deben respetar una serie de principios, fundamentalmente:

  • La no discriminación, es decir, deben implantarse para toda la plantilla.
  • La capitalización, las aportaciones se van acumulando.
  • La irrevocabilidad de las aportaciones e imputación de derechos, es decir, no existe posibilidad de rescate a favor de la empresa, salvo para mantener la adecuada cobertura de los compromisos o para la integración de los compromisos en otro contrato de seguro o plan de pensiones de empleo.
  • Otras formas de rescate a favor del asegurado sería por cese de la relación laboral, el asegurado podría movilizarlo a otro producto similar hasta que ocurra alguna de las contingencias cubiertas.

En todos estos puntos, los PPSE coinciden con el Plan de Pensiones de Empleo, pero existe una gran diferencia en cuánto al rendimiento. Mientras que, en los primeros, la rentabilidad es variable, en los PPSE no hay riesgo de perder capital y la rentabilidad está garantizada con un interés mínimo asegurado.

Fiscalidad favorable para el trabajador y la empresa

Al tratarse de una póliza de compromisos por pensiones, las aportaciones que realizará la empresa deben sustentarse en un acuerdo entre empresa y trabajadores, y serán imputadas fiscalmente a los trabajadores como rendimientos del trabajo.

Las aportaciones están sujetas a los límites máximos de aportación a planes de pensiones y de deducción en el IRPF de las mismas. A partir de 1 de enero de 2022, se puede aportar y deducir en IRPF total un máximo de 10.000 euros anuales (o 30% de los rendimientos netos de trabajo y actividades económicas), procedentes de:

  • 1.500 euros de límite conjunto para todos los instrumentos de previsión social individual (planes de pensiones individuales y planes de previsión asegurados) y de previsión social empresarial (planes de pensiones de empleo, PPSE y mutualidades de previsión social).

Adicionalmente, el límite anterior podrá incrementarse en hasta 8.500 euros adicionales siempre que tal incremento provenga de contribuciones empresariales o de aportaciones del trabajador al mismo instrumento de previsión social empresarial (PPE o PPSE) por importe igual o inferior a la respectiva contribución empresarial. Para el trabajador, estas aportaciones reducen la base imponible del IRPF en la cuantía de las aportaciones y, posteriormente, en el momento, de cobrar la prestación, las cuantías percibidas tributarán como rendimientos del trabajo, de la misma forma que los planes de pensiones.

Para la empresa, los PPSE tienen también una serie de ventajas. Por un lado, porque encuentra en este producto una excelente manera de fidelizar a su empleado y, por otro, porque también obtiene bonificaciones fiscales. A diferencia del salario en efectivo, no tiene que aplicar ninguna retención y abonar la misma a Hacienda. Sí supone, por supuesto, un gasto de personal como el resto del salario y como tal se descuenta en el pago al Impuesto de Sociedades.

Al considerarse un salario en especie para el trabajador, las aportaciones efectuadas a favor de trabajadores por cuenta ajena están sujetas a cotizaciones de la Seguridad Social.

En definitiva, se trata de un producto poco extendido en España pero con importantes ventajas. Y no solo para el trabajador, que le sirve para realizar una previsión de cara a su futura jubilación, sino también para la empresa, ya que supone un importante ahorro en costes fiscales y una forma de beneficio social para sus empleados. 

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