Mi jubilacion BBVA

Estoy trabajando   7 Ene 2019

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Instituto BBVA de PENSIONES

Jubilaciones anticipadas y diversas dudas sobre el subsidio para mayores de 55 años han centrado muchas de las consultas del mes pasado

Hace dos años cumplía todos los requisitos para acceder a la ayuda para mayores de 55 años, pero no puede cobrarla porque excedía el requisito de rentas familiares por los ingresos de mi marido. ¿Puedo solicitarla y cobrar estos dos años de atrasos?

Recientemente, tras sentencia del Tribunal Constitucional, se ha eliminado el requisito de carencia de rentas familiares para poder cobrar la ayuda para mayores de 55 años. Por tanto, la única carencia de rentas que se debe acreditar es la de las rentas propias y no las de la unidad familiar. La nulidad de la norma sugiere que deberá actuarse como si nunca hubiese existido este requisito, por lo que es posible que quienes cumplían los demás requisitos soliciten la ayuda con efectos de la fecha pasada. Sin embargo, el SEPE ha aclarado que las rentas comenzarán a percibirse en fecha presente, sin haber retroactividad de los efectos económicos.

Cumplo los 65 años en marzo, y no tengo claro si jubilarme en ese momento o anticipar la jubilación voluntariamente a diciembre para evitar el Factor de Sostenibilidad. ¿Qué me recomiendan?

Tras la aprobación de los Presupuestos de 2018 el pasado mes de julio, la incorporación del Factor de Sostenibilidad, inicialmente prevista para 1 de enero de 2019, se retrasa hasta una fecha no posterior a 1 de enero de 2023. Si bien la fecha definida es una fecha límite y no una fecha concreta, es muy improbable que entre en vigor antes de la misma y más improbable aún que se incorpore en 2019.

Tengo un plan de pensiones y me interesaría traspasarlo a un fondo de inversión. ¿Cómo debo hacerlo y qué implicaciones fiscales tendría?

No es posible realizar ese traspaso en ningún caso. Un plan de pensiones solo puede ser traspasado a otro plan de pensiones o a un producto de previsión equivalente, como un PPA.

Percibo la pensión no contributiva por jubilación y tengo dudas respecto a si puedo tener ingresos extra, y si es así, cuánto sería el límite de ingresos.

El límite de ingresos anuales es de 5.321,40 €, que deberá comunicar en todo caso al organismo gestor de la pensión. Deberá comprobar también si puede realizar esa actividad sin causar alta en la Seguridad Social.

Provengo del cese de un trabajo a tiempo parcial. ¿Para acceder al subsidio para mayores de 55 años se aplica también el coeficiente global de parcialidad?

Quienes vayan a acceder al subsidio para mayores de 55 años deberán acreditar todos los requisitos de acceso a la jubilación salvo la edad. Esto implica haber cotizado al menos 15 años y por lo menos 2 años en los 15 previos a la jubilación. A estos efectos, se aplica en trabajadores a tiempo parcial el coeficiente global de parcialidad, que ajusta estos requisitos a la parcialidad que hayan tenido en su vida laboral.

Quiero jubilarme anticipadamente por cese involuntario, ya que provengo de un ERE. Actualmente tengo 29 años cotizados, pero estoy percibiendo la ayuda para mayores de 55 años, que cotiza por la base mínima. ¿Podré alcanzar a través de estas cotizaciones los 33 años que se exigen en la jubilación anticipada por cese involuntario?

La ayuda para mayores de 55 años cotiza por la base mínima a exclusivos efectos de determinar la base reguladora y el porcentaje de la misma que corresponde al trabajador. Sin embargo, el Tribunal Supremo se ha pronunciado a efectos de otras implicaciones de estas cotizaciones y rechaza que computen a efectos de acreditar este periodo de carencia exigido en jubilaciones anticipadas (accede a la sentencia del Tribunal Supremo). 

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