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Autónomos   2 Ene 2023

Novedades en la fiscalidad de la previsión social para 2023: límites en los planes de pensiones de empleo para autónomos y empleados

Autor

Instituto BBVA de PENSIONES

La principal novedad es el nuevo límite de aportación adicional para los autónomos, de hasta otros 4.250 euros, por sus aportaciones a los nuevos planes de empleo simplificados. También hay pequeñas modificaciones en los límites de aportación de empleados a planes de empleo.

El 1 de julio de 2022 entró envigor la ley 12/2022 de regulación para el impulso de los planes depensiones de empleo. Esta ley introdujo modificaciones en los límites,adicionales al límite general o conjunto de 1.500 euros, de aportación ydeducción en IRPF de las aportaciones a planes de pensiones de empleo einstrumentos alternativos, para trabajadores por cuenta propia, así como un límite adicional paratrabajadores autónomos, de nueva creación, por sus aportaciones a los nuevosplanes de pensiones empleo simplificados de autónomos.

Este nuevo límite deaportación para los trabajadores autónomos, adicional al límite conjunto de1.500 euros, será de otros 4.250 euros por sus aportaciones a los nuevosplanes de pensiones de empleo simplificados (PPES) promovidos porfederaciones o asociaciones de trabajadores por cuenta propia. Sumando ese nuevolimite adicional de 4.250 euros al límite general de 1.500 euros (a cualquierinstrumento de previsión social) un autónomo podrá llegar a aportar ydeducirse hasta 5.750 euros.

Si bien nuevo este límite se haregulado en 2022, hasta 2023 los autónomos no podrán beneficiarse del mismo, yaque durante 2022 no ha dado tiempo a promover ninguno de los nuevos planes deempleo simplificados, por no estar disponible todavía el Reglamento quedesarrolla la Ley 12/2022 en esta materia.

Por otro lado, La ley de PresupuestosGenerales del Estado 2023, ha modificado parcialmente los límites, quehabía introducido la ley de impulso de planes de pensiones de empleo, de aportaciónpara trabajadores por cuenta ajena (empleados) a planes de pensiones deempleo y vehículos alternativos, al cambiar dos de los tramos de aportación.

Planes de Pensiones Individuales

Para 2023, al igual que en 2022, ellímite máximo de aportación a planes de pensiones individuales continúasiendo de 1.500 euros. El límite máximo de deducción por aportaciones aplanes de pensiones individuales asciende a la menor entre 1.500 euros o el 30%de los rendimientos netos del trabajo y/o de actividades económicas.

A continuación, detallamos como quedanlos límites de aportación y la fiscalidad de las aportaciones a planes depensiones en 2023, en territorio común y Navarra (es decir toda España, salvoPaís Vasco), tras los cambios que han entrado en vigor:

Trabajadores por cuenta ajena: Límites de aportación y deducción en IRPF

El límiteconjunto para todos los instrumentos de previsión social se mantiene en 1.500euros anuales. Este tramo general puede serutilizado bien con:

  • aportaciones personales del propio trabajador ya sea a planes de pensiones individuales (u otros instrumentos alternativos de previsión social individual como planes de previsión asegurados -PPA-) o a planes de pensiones de empleo (ya fueran estas obligatorias o voluntarias).

  • O bien con contribuciones del empleador a favor del trabajador a planes de pensiones de empleo o a otros instrumentos de previsión social empresarial alternativos.

Para los trabajadores por cuentaajena, el límite conjunto de aportación de 1.500 euros se podrá incrementaren hasta otros 8.500 euros anuales (alcanzando un límite total 10.000euros), siempre que tal incremento provenga de contribucionesempresariales, o de aportaciones del trabajador al mismo instrumentode previsión social por importe igual o inferior al resultado de aplicar ala respectiva contribución empresarial el coeficiente que resulte del siguientecuadro:

 Importe anual de la contribución
Coeficiente
 Igual o inferior a 500 euros  2,5
 Entre 500,01 y 1.500 euros 1.250 euros, más el resultado de multiplicar por 0,25
la diferencia entre la contribución empresarial y 500 euros
 Más de 1.500 euros  1

No obstante, seaplicará el coeficiente 1 cuando el trabajador obtenga en el ejerciciorendimientos íntegros del trabajo superiores a 60.000 euros procedentesde la empresa que realiza la contribución. En este caso la aportación deltrabajador, dentro de ese límite adicional para instrumentos de previsiónsocial empresarial, como máximo puede ser igual a la de la su empresaempleadora, es decir, 4.250 euros cada uno.

La modificación respecto a loslímites de aportación adicional para los empleados, respecto a los coeficientesinicialmente aprobados por la ley 12/2022, están en los que inicialmente eranlos dos tramos intermedios de aportación (entre 500,01 y 1.000 euros, y entre1.000,01 y 1.500 euros).

Trabajadores por cuenta propia o autónomos: Límites de aportación y deducción en IRPF

Para los trabajadores autónomos, apartir de 2023, el límite total de aportación es de 5.750 euros, desglosadosde la siguiente manera:

  • 1.500 euros de límite general o conjunto, que podrán aportar a cualquier instrumento de previsión social con este régimen fiscal, tanto a planes de pensiones de individuales (o productos individuales alternativos como los planes de previsión asegurados), como a los nuevos planes de pensiones de empleo simplificados de trabajadores autónomos.

  • Otros 4.250 euros (adicionales a los 1.500 euros), siempre que tal incremento provenga de aportaciones a los planes de pensiones de empleo simplificados de trabajadores por cuenta propia o autónomos. Este límite de 4.250 euros se aplica también a las aportaciones propias que el empresario individual realice a planes de pensiones de empleo de los que, a su vez, sea promotor y partícipe.

Los autónomos podrán deducirseen IRPF el total de aportaciones hasta la menor entre las siguientescantidades:

  • 5.750 euros anuales.

  • El 30% de sus rendimientos netos de trabajo y actividades económicas.

Cuadro comparativo 2023 vs 2022: Límites de deducción IRPF por aportaciones a planes de pensiones (territorio común y Navarra)

Nueva deducción en el Impuesto de Sociedades por las contribucionesde la empresa empleadora a planes de pensiones de empleo

Se establece unanueva deducción para las empresas en la cuota íntegra del impuesto deSociedades, del 10% de las contribuciones empresariales imputadas a favor delos trabajadores con retribuciones brutas anuales inferiores a 27.000 euros, siempreque tales contribuciones se realicen a planes de pensiones de empleo o a otrosinstrumentos de previsión social empresarial alternativos (PPSE, etc.). Cuandose trate de trabajadores con retribuciones brutas anuales superiores a 27.000euros, la deducción se aplicará sobre la parte proporcional de lascontribuciones empresariales que correspondan a esos primeros 27.000 euros desalario.

Bonificación de las cuotas empresariales de cotización a laSeguridad Social por sus contribuciones a planes de empleo

Con efectos desde 1 de enero de2023, las empresas tienen derecho a una reducción de las cuotasempresariales a la Seguridad Social por contingencias comunes, exclusivamentepor el incremento en la cuota de cotización que derive directamente de laaportación empresarial al plan de pensiones.

El importe máximo de estas contribuciones a las que se aplicará una reducción del 100% es el “resultante de multiplicar por trece la cuota resultante de aplicar a la base mínima diaria de cotización del grupo 8 del Régimen General de la Seguridad Social para contingencias comunes, el tipo general de cotización a cargo de la empresa para la cobertura de las contingencias comunes”. Es decir, haciendo el cálculo con las bases de cotización que había en el año 2022, alcanzaría hasta aproximadamente 119,31 euros al mes (1.431 euros anuales).

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