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Autónomos   21 Oct 2024

Nuevas bases de cotización y cuotas para trabajadores autónomos en 2025

Autor

Instituto BBVA de PENSIONES

En 2025 entran en vigor nuevos importes mínimos y máximos de las bases de cotización entre las que se podrá elegir para cada uno de los 15 tramos de rendimientos netos existentes (12 de la tabla general y 3 de la tabla reducida). Estos importes se incrementan en una mayoría de tramos respecto a los de 2024, por lo que para muchos autónomos se incrementará la cuota a pagar.

¿Cuáles serán en 2025 las bases de cotización, mínima y máxima, de cada tramo, para trabajadores autónomos, en función del tramo de rendimientos en que se sitúen?

A continuación, mostramos una tabla con los 15 tramos de rendimientos de actividades económicas, así como la base mínima y máxima que se aplicarán en 2025 a cada tramo de rendimientos netos, comparándolas con las de 2024 y 2023. Los tramos de rendimientos son los mismos que en 2024 (y 2023). Lo que cambia son las bases de cotización mínima y máxima de cada tramo, entre las que el trabajadore podrá elegir base, que suben respecto a 2024.

Nota: la base máxima para 2025 de los tramos 11 y 12 de la tabla general (que es igual a la base máxima de cotización del Sistema de Seguridad Social) es una estimación, que se ha calculado aplicado a la base máxima de 2024 (4.720,5 euros mensuales) una revalorización del 4,2% (2,9% de incremento medio interanual estimado del IPC entre diciembre 2023 y noviembre 2024, más 1,2% de revalorización adicional que se aplica a la base máxima en cada ejercicio desde el año 2024).

¿Qué bases de cotización y cuotas suben para 2025, cuales bajan y cuales se quedan igual?

Como se puede observar en el cuadro, en los tres tramos de rendimientos de la tabla simplificada (es decir, los tres primeros tramos del agregado de tablas), la base mínima de cotización se reduce en 2025 respecto a 2024. La base máxima del primero de esos tres tramos también se reduce respecto a 2024. En los otros dos tramos de la tabla reducida las bases máximas quedan igual que en 2024.

Las bases mínimas y máximas de cotización de los tres primeros tramos de la tabla general quedan en 2025 igual que en 2024.

A partir del 4º tramo de la tabla general, todas las bases mínimas de cotización de cada tramo se incrementan en 2025 respecto a 2024. En cambios las bases máximas de cada tramo entre los tramos 4 y 10 quedan en 2025 en un importe igual al de 2024, ya que en todos estos tramos de rendimientos las bases máximas de cada tramo vienen determinadas y topadas por el máximo de rendimientos del tramo correspondiente, y no por la base máxima de cotización del Sistema de Seguridad Social.

En los tramos 11 y 12 de la tabla general la base máxima del tramo sí que se incrementa en 2025 respecto a 2024, ya que en estos dos casos la base máxima no se corresponde con el tope de rendimientos netos del tramo sino con la base máxima del sistema, al ser el tope de rendimientos netos de cada uno de esos dos tramos superior a la base máxima de cotización del Sistema de Seguridad Social.

En cuanto a las cuotas de cotización a abonar, en el siguiente cuadro mostramos como se modificarían las cuotas mínimas de cada tramo, para el caso de elegir la base mínima de ese tramo, en 2025 respecto a 2024:

Nota: Este cuadro comparativo ha sido montado, utilizando 2 cuadros sobre cuotas de cotización (2024 y 2025) del Portal Infoautónomos.

Por tanto, estos son los incrementos de cuota mínima de cotización mensual para 2025 respecto a 2024, a partir del tramo 4 de rendimientos netos (de la tabla general):

  • Aquellos trabajadores autónomos cuyos rendimientos netos de actividades económicas estimados para 2025 se sitúen entre 1.700 y 1.850 euros (tramo 4 de la tabla general), si se acogiesen a la base mínima de ese tramo, pagarían al RETA en 2025 22,68 euros mensuales de más de lo que abonaban en 2024.
  • Los que se sitúen entre 1.850 y 2.030 euros (tramo 5), pagarán 37,57 euros al mes de más, si se acogen a la base mínima del tramo.
  • Los que se situasen entre 2.030 y 2.330 euros (tramo 6), pagarían 52,45 euros mensuales de más si se acogen a la base mínima del tramo
  • Los que estimasen estar entre 2.330 y 2.760 euros (tramo 7), pagarán 67,22 euros de más cada mes si se acogen a la base mínima de ese tramo 7.
  • Los que estimasen situarse entre 2.760 y 3.190 euros (tramo 8), pagarían 71,76 euros mensuales de más si se acogen a la base mínima del tramo.
  • En caso de situarse en unos rendimientos netos entre 3.190 y 3.620 euros (tramo 9), cotizarían 76,31 euros mensuales de más si se acogen a la base mínima del tramo.
  • Con unos rendimientos netos entre 3.620 y 4.050 euros (tramo 10), cotizarían 80,85 euros mensuales de más si se acogen a la base mínima del tramo.
  • Con unos rendimientos netos entre 4.050 y 6.000 euros (tramo 11), cotizarían 74,82 euros mensuales de más si se acogen a la base mínima del tramo 11.
  • En caso de situarse en unos rendimientos netos de más de 6.000 euros mensuales (tramo 12), cotizarían 47,87 euros mensuales de más si se acogen a la base mínima del tramo.

Los autónomos dispondrán hasta 31 de diciembre de 2024 para modificar su base de cotización considerada a partir de 1 de enero de 2025, en caso de que prevean cambios en sus rendimientos netos estimados para 2025 respecto a 2024.

Asimismo, dispondrán de otras 5 oportunidades durante el ejercicio 2025 (hasta un total de 6) para adecuar su base de cotización en función de los cambios en los rendimientos netos que vayan experimentando a lo largo del año (respecto a la previsión inicial). Los cambios de base de cotización, tendrán efectos desde:

  • 1 de marzo, si la solicitud se hace entre enero y febrero.
  • 1 de mayo, si se solicita entre 1 de marzo y 30 de abril.
  • 1 de julio, si se solicita entre 1 de mayo y 30 de junio.
  • 1 de septiembre, si se solicita entre 1 de julio y 31 de agosto
  • 1 de noviembre, si se solicita entre 1 de septiembre y 31 de octubre

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