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Bienestar financiero   9 Sep 2024

La Directiva de informes de Sostenibilidad Corporativa (CSRD), permitirá conocer mejor sobre la Sostenibilidad de cada empresa española

Autor

Instituto BBVA de PENSIONES

Los ciudadanos podremos conocer fácilmente, leyendo la información contenida en sus memorias, cuan sostenible es cada empresa española en su operativa (no solo las grandes empresas, sino también las pymes cotizadas), y en qué medida se comprometen, en el ejercicio de su actividad, con los factores medioambientales, sociales y de gobernanza corporativa (ASG).

La Directiva de Informes sobre Sostenibilidad Corporativa (CSRD, por sus siglas en inglés) iguala en importancia, en las cuentas y memorias anuales, la información sobre sostenibilidad a la información financiera, permitiendo al público acceder a una comunicación homogénea. Su aplicación va a implicar una mejora en la transparencia de las memorias anuales de las empresas.

Si eres un pequeño ahorrador-inversor minorista o bien un consumidor responsable preocupado por comprar únicamente productos y servicios de compañías comprometidas con aspectos como la salud del medio ambiente y controlar su emisiones de CO2, con los derechos sociales de las personas, con el bienestar de sus trabajadores, y con la ética en la gobernanza empresarial, esta nueva reglamentación hará más sencillo que puedas controlar la Sostenibilidad de las empresas en las que inviertes o de las que consumes sus productos.

La Directiva CSRD, que sustituye a la anterior directiva NFRD (Non financial reporting Directive), fue aprobada por Consejo de la Unión Europea (UE) el 28 de noviembre de 2022, entrando en vigor el 5 de enero de 2023. Sus reglas han comenzado a aplicarse a partir de 2024 en España y el resto de los estados miembros de la UE.

La Directiva CSDR, rige a partir de este ejercicio fiscal 2024 la presentación sobre información de sostenibilidad de las empresas de la Unión Europea. Con la CSRD, se modifica la tradicional manera de llamar al reporting de “información no financiera” que pasa a denominarse “información de sostenibilidad”.

Empresas españolas (y de la UE) a las que afectará la obligación de presentar los informes de sostenibilidad establecidos en la Directiva CSDR

Deberán elaborar y publicar informes de sostenibilidad:

  • A partir del 1 de enero de 2024, las empresas de interés público con más de 500 empleados (que estaban sujetas ya a la anterior normativa NFRD), que deberán entregar sus informes correspondientes a 2024 en 2025, y así sucesivamente.
  • A partir del 1 de enero de 2025, las grandes empresas (cotizadas o no) con más de 250 empleados y/o facturación de 40 millones de euros y/o 20 millones en activos, que entregarán sus informes de 2025 en 2026.
  • A partir del 1 de enero de 2026, las pymes cotizadas (excepto microempresas, las entidades de crédito pequeñas, y las empresas de seguros cautivas -aquellas constituidas por grandes empresas para asegurar sus propios riesgos-). Estas pymes cotizadas deberán entregar sus informes de sostenibilidad del ejercicio 2026 en 2027. Para laspymes cotizadas existe una cláusula de “exclusión voluntaria” que permite postponer el inicio de la presentación hasta 2028.
  • Además, las empresas de terceros países con al menos una filial o sucursal con domicilio social en la Unión Europea, o con un volumen de negocios neto de más de 150 millones de euros en la Comunidad Europea, deberán presentar el informe de sostenibilidad a partir del ejercicio 2028 (en 2029).

Pequeñas empresas, microempresas y filiales con la categoría de Pymes

Las pymes que no cotizan en bolsa y las microempresas no estarán afectada por la directiva CSRD y no estarán obligadas a presentar el Informe de Sostenibilidad.

Las empresas filiales que tengan la categoría de pymes, deberán publicar el informe de gestión de su empresa matriz, haciendo referencia a que están exentas de presentar información sobre sostenibilidad.  La exención anterior también aplica a empresas de terceros países que informan de acuerdo con los requisitos de la directiva CSDR o equivalentes a las normas de la Unión Europea.

Estos son los principales cambios introducidos por la Directiva CSRD, de Informes sobre Sostenibilidad Corporativa:

  1. Los informes de las empresas incluirán información sobre sostenibilidad en el ámbito medioambiental (economía circular, uso de recursos y adaptación al cambio climático), social (medidas de igualdad, condiciones laborales o inclusión) y gobernanza (valores éticos, sistema de control y gestión de riesgos).
  2. Se convierte en obligatorio contar con un proceso de certificación a través de una auditoría independiente de la información (garantía de sostenibilidad).
  3. Se debe reportar información con un enfoque de doble materialidad (de impacto ASG y financiera), incluyendo información sobre intangibles de acuerdo con el reglamento de Taxonomía de la Unión Europeo y con el Reglamento de Finanzas Sostenibles (SFDR,) y añadir una prospectiva que incluya objetivos y progresos en materia de sostenibilidad.
  4. La información se reportará en base a las normas que está elaborando el Grupo Consultivo Europeo en materia de Información Financiera (EFRAG).
  5. Esta información se deberá incluir en los Informes de gestión de los Estados Financieros.
  6. Se recomienda nombrar a esta memoria como “Información sobre sostenibilidad” y no de “información no financiera”.
  7. La empresa deberá indicar cómo han identificado la información que comunican.
  8. Se simplifica el proceso de notificación, con el objetivo de establecer una “ventanilla única”. La comisión facilitará una plataforma digital de acceso a la información financiera y de sostenibilidad pública de las empresas en toda la Unión Europea (Punto de Acceso Único Europeo o PAUE). Se presentará en formato electrónico (XHTML).

Estándares ESRS: Ambientales, Sociales y de Gobernanza Corporativa

Además, redefinirá completamente la Información Anual que deben presenta las empresas, la introducción de los estándares ESRS (Environmental, Social and Governance Reporting Standards), planteados dentro del marco de la Directiva CSRD. Estos son 12 estándares dirigidos a obtener una información exhaustiva de las cuestiones medioambientales, sociales y de gobernanza (ESG) de cada empresa. Son los siguientes:

Los doce estándares ESRS están alineados con los estándares GRI. Los Estándares GRI son mejores prácticas internacionales diseñadas para informar al público general de una variedad de impactos económicos, ambientales y sociales. La presentación de informes de sostenibilidad a partir de estos Estándares GRI proporciona información acerca de las contribuciones positivas o negativas de las empresas al desarrollo sostenible. Los GRI son un sistema modular de estándares interrelacionados, siendo el marco de informes de sostenibilidad más utilizado en el mundo.

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