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Estoy trabajando   6 Feb 2019

¿Qué opciones tengo para cobrar mi plan de pensiones en forma de rentas periódicas?

Autor

Instituto BBVA de PENSIONES

El rescate de un plan de pensiones tiene un impacto fiscal que hay que valorar para elegir la forma de cobro

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El cobro de un plan de pensiones tiene la consideración en términos fiscales de rendimientos del trabajo. Es importante valorar si, para cobrar el plan de pensiones, nos resulta conveniente imputar todos esos rendimientos a un solo ejercicio fiscal mediante un rescate en forma de capital, pues lo que ocurre en estos casos es que la factura fiscal del ejercicio en que se rescata se eleva considerablementepor ese incremento de rentas.

Teniendo esto en consideración, debemos saber que existe una interesante alternativa a cobrar el plan de pensiones en un único reembolso, y es el rescate en forma de rentas periódicas. Hay dos modalidades:

1. Rentas temporales: Se van percibiendo las rentas hasta que se agote el saldo del plan. Las participaciones del plan pendientes de rescatar siguen revalorizándose en línea con el mismo e irían destinadas a los beneficiarios del plan en caso de fallecimiento del titular.

2. Rentas vitalicias: La aseguradora percibe la totalidad de los derechos en el momento del rescate y paga al partícipe una renta hasta su fallecimiento. Hay dos modalidades:

  • Con cobro únicamente de rendimientos: Suelen permitir el cobro del principal en cualquier momento elegido por el titular, mientras que los pagos percibidos corresponden exclusivamente a intereses generados. Los beneficiarios percibirán el principal en caso de fallecimiento del titular.
  • Con cobro de principal y rendimientos: En este caso la renta está compuesta por rendimientos y principal. Normalmente éste último no es rescatable. Tiene además la peculiaridad de que en caso de fallecimiento del titular, se cancela la renta y los beneficiarios no perciben nada, salvo en los casos en que adicionalmente se contrate una opción de reversión.

En función del tiempo en el que estimes conveniente que debes cobrar las rentas para complementar la pensión pública o para cubrir otra necesidad, deberás optar por una modalidad u otra. Acude a tu banco o aseguradora para asesorarte personalmente.

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