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Estoy trabajando   12 Feb 2025

Salario Mínimo Interprofesional en 2025

Autor

Instituto BBVA de PENSIONES

Tras el acuerdo entre el Ministerio de Trabajo y Economía Social y los sindicatos UGT y CCOO, el Consejo de ministros ha aprobado la subida del Salario Mínimo Interprofesional, que queda situado para 2025 en 1.184 euros mensuales en 14 pagas, un 4,4% más que en 2024.

Por tanto, en términos anuales, el Salario Mínimo Interprofesional (SMI) queda situado en 16.576 euros anuales (frente a los 15.876 euros en 2024, 700 euros más). Ese incremento supone 50 euros mensuales más que el SMI 2024. El salario mínimo acumula una revalorización de casi un 61% desde 2018.

Los importes específicos que tendrá el Salario Mínimo Interprofesional en el año 2025, con efectos a partir del 1 de enero, serán las siguientes:

  • SMI diario: 39,47 euros.
  • SMI mensual: 1.184 euros.
  • SMI anual: 16.576 euros.
  • SMI para eventuales y temporeros, por jornada legal:56,08 euros.
  • SMI empleados de hogar, por hora efectivamente trabajada: 9,26 euros.

Por primera vez, los perceptores del Salario Mínimo Interprofesional deberán pagar IRPF

El Consejo de ministros finalmente ha descartado alinear el umbral de rendimientos sujetos a IRPF con el nuevo incremento del Salario Mínimo Interprofesional (SMI), lo que obligará a algunos perceptores del SMI a tributar. El incremento del SMI habitualmente se acompaña de una modificación legal para permitir que los contribuyentes que cobran hasta ese umbral de ingresos, que supone el SMI, estén exentos del pago de IRPF.

Sin embargo, en 2025 las exenciones en el IRPF se mantendrán igual que estaban el año pasado, manteniendo el mínimo exento en 15.876 euros, sin alcanzar los 16.576 euros anuales en que se sitúa el SMI en 2025.

Aunque la mayoría de trabajadores que percibe el SMI continuará sin tributar, algunos de sus perceptores sufrirán retenciones a cuenta por primera vez, en función de cuál sea su situación personal y familiar, en torno a 2 de cada 10.

Por ejemplo, un perceptor del SMI con pareja y un hijo menor de tres años no sufrirá ninguna retención (como hasta ahora). En cambio, a un perceptor del SMI soltero y sin hijos se le retendrán a cuenta 300 euros al año, lo que supone más de un 40% de los 700 euros en que se incrementará su salario anual.

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