Los autores jubilados se quedan con sus derechos y pensiones
29 abril 2019
Se ha aprobado la compatibilidad de la pensión de jubilación con el cobro de los derechos de autor. Se podrá mantener el 100% de la prestación y compatibilizarla con dichos derechos. Se ha reconocido como una renta de una actividad y no como actividad. De esta froma, no solo se podrán cobrar los derechos de autor de obras realizadas antes de la jubilación, sino también de las que se hagan con posterioridad.