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Estoy trabajando   7 Ene 2019

¿Cómo se solicita el rescate de un plan de pensiones por encontrarse en situación de desempleo?

Autor

Instituto BBVA de PENSIONES

Explicamos cuándo y cómo se puede solicitar el rescate del plan de pensiones si nos encontramos en el paro

Pese a que su razón de ser es la de facilitar un vehículo de ahorro para la jubilación, una práctica cada vez más necesaria para asegurarse un retiro desahogado, la ley permite disponer anticipadamente del ahorro depositado en planes de pensiones siempre que se acrediten ciertas situaciones que puedan implicar pérdida de ingresos.

Una de estas situaciones es la que se conoce como desempleo de larga duración.

Requisitos para rescatar el plan de pensiones por encontrarse en situación de desempleo

Se deberán acreditar tres circunstancias:

  1. Encontrarse en situación legal de desempleo, un requisito que contempla diversas circunstancias, todas en base a la involuntariedad de la situación de desempleo. Los autónomos también podrán acreditar esta situación mediante la baja en el régimen de cotización correspondiente (RETA).
  2. Encontrarse inscrito como demandante de empleo en el Servicio Público de Empleo (SEPE). Los autónomos que cesen su actividad deberán inscribirse también como demandantes de empleo.
  3. Haber agotado la prestación contributiva por desempleo o no tener derecho a ella. No se tienen en cuenta en este caso los subsidios, como puede ser la ayuda para mayores de 55 años, quedando limitado el requisito a la prestación contributiva, comúnmente conocida como “paro”. Con anterioridad, para poder rescatar el plan de pensiones por la situación de desempleo se exigía que el partícipe acreditase haberse mantenido como demandante de empleo al menos 12 meses. Actualmente, basta no tener acceso a la prestación contributiva, lo que permite rescatar el plan desde el mismo momento entrar en situación de desempleo.

 ¿Qué documentación debo presentar para solicitar el rescate?

Deberán presentarse los siguientes documentos y formularios:

  • Documento identificativo del partícipe del plan de pensiones cuyo rescate se va a solicitar.
  • Solicitud de rescate debidamente cumplimentada. Este documento lo facilitará la entidad gestora.
  • Modelo 145 de la Agencia Tributaria de comunicación de datos al pagador, de tal forma que pueda ajustarse la retención que se va a realizar en el importe rescatado. Recordemos que el importe procedente de un plan de pensiones tiene la consideración a efectos fiscales de rendimientos del trabajo.
  • Documento que acredite que estamos en situación legal de desempleo, como por ejemplo la carta de despido o resolución positiva de un ERE.
  • Documento del SEPE en el que se acredite que nos encontramos inscritos como demandante de empleo.
  • Certificado del SEPE en el que se demuestre que no tenemos derecho a cobrar prestación contributiva de desempleo.

¿En qué formas puedo cobrar el plan de pensiones?

Siempre de acuerdo a lo establecido en el reglamento del plan, se podrá optar por cualquiera de las formas que contempla la ley: en forma de capital, en forma de rentas o en forma mixta como combinación de las dos anteriores. En caso de cobrarlo en forma de rentas periódicas, deberá acreditarse que se mantiene la situación de desempleo que permite el rescate anticipado. 

Para más Información…

Para más información sobre otras situaciones en relación al cobro del plan de pensiones por desempleo de larga duración , como son 1. las implicaciones del rescate por desempleo en el caso de personas que esten percibiendo la ayuda para mayores de 52 años  y 2. la incompatibilidad de simultanear la realización de aportaciones al plan de pensiones con el cobro del mismo por la situación de desempleo, pinche aquí

Para ampliar la información sobre el rescate del plan de pensiones por desempleo de larga duración y sobre el rescate en caso de cese por causas objetivas pinche aquí

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