Mi jubilacion BBVA

Estoy trabajando   4 Jul 2022

El Convenio bilateral de Seguridad Social entre España y Argentina: cuales son tus derechos de pensión si has trabajado en ambos paises

Autor

Instituto BBVA de PENSIONES

En el año 2021, residían en España 301.630 argentinos, siendo la tercera comunidad latinoamericana más grande en España.  Según el INE, en 2022, 480.159 personas con nacionalidad española residen en Argentina. Es decir, son muy numerosos los casos de nacionales de ambos países que residen y trabajan en el otro país. Si hubieras trabajado o vas a trabajar en ambos países, te podría interesar conocer los detalles sobre el Convenio de bilateral de Seguridad Social entre España y Argentina y sobre la aplicación del Convenio multilateral Iberoamericano. Entre otras cosas, para conocer a que sistema de Seguridad Social estarías sujeto.

El Convenio de Seguridad Socialentre España y Argentina se firmó el 28 de enero de 1997 y entróen vigor el 1 de diciembre de 2004, publicándose en el BOE de 10 de diciembrede 2004.

No obstante, desde el 1 de agosto de 2016, Argentina aplica el Convenio Multilateral Iberoamericano de Seguridad Social. (Ver  en este artículo los detalles de este convenio iberoamericano). En virtud del artículo 8 de este convenio multilateral, sólo se aplicarán las disposiciones del Convenio Bilateral que resulten más favorables al interesado.

El Convenio bilateral entre España y Argentina se aplica a los trabajadores de ambos países, a sus familiares y supervivientes.

Prestaciones incluidas en el Convenio entre España y Argentina

El Convenio bilateral entre España y Argentina se aplica a las siguientes prestaciones:

En relación con España:

A las siguientes prestaciones de carácter contributivo del sistema de la Seguridad Social:

  • Prestaciones económicas por maternidad.

  • Prestaciones por invalidez, vejez, muerte y supervivencia.

  • Prestaciones económicas derivadas de accidente de trabajo y enfermedad profesional.

En relación con Argentina:

A las legislaciones relativas a las siguientes prestaciones contributivas de la Seguridad Social:

  • El régimen de Asignaciones Familiares en lo que se refiere exclusivamente a la Asignación por Maternidad.

  • Los regímenes de Jubilaciones y Pensiones basadas en el Sistema de Reparto o en la Capitalización individual.

  • El régimen de Riesgos del Trabajo.

Respecto a estas prestaciones hay que tener en cuenta lo siguiente:

  • Para adquirir las prestaciones de carácter contributivo previstas en el Convenio se pueden sumar los períodos de seguro cumplidos en España y en Argentina (totalización de periodos).

  • Las prestaciones económicas se podrán percibir con independencia de que la persona resida o se encuentre en España o en Argentina.

  • Cada país abonará sus propias prestaciones directamente al beneficiario.

  • Las personas que cumplan los requisitos exigidos por las legislaciones de ambos países para tener derecho a pensión contributiva, podrán percibir ésta de cada uno de ellos.

 Maternidad

Para el reconocimiento de las prestaciones de maternidad se sumarán, si es necesario, los períodos de seguro acreditados en ambos países.

Invalidez, Vejez y Supervivencia

1. Pensiones de la Seguridad Social española, y pensiones del sistema de reparto de Argentina

En este caso, cada país examinará por separado la solicitud de prestación en la forma siguiente:

  • Se comprobará si el interesado alcanza derecho a la pensión teniendo en cuenta únicamente los períodos de seguro propios, sin sumar los del otro país.

  • Asimismo, se calculará la prestación sumando a los períodos de seguro propios los acreditados en el otro país. En este caso, el importe de la prestación no será íntegro, sino según la proporción existente entre los períodos de seguro cumplidos en el país que la otorgue y la suma de los períodos de España y Argentina.

  • Se compararán las prestaciones calculadas según lo indicado en los dos apartados anteriores y cada país reconocerá y abonará la prestación que sea más favorable al interesado.

  • En el supuesto de pensión de jubilación de la Seguridad Social española para la que se hayan totalizado períodos de seguro argentinos, dicha totalización se utilizará también para determinar la edad a la que se puede acceder a la pensión.

2. Jubilaciones y pensiones del sistema de capitalización individual argentino:

En este caso:

  • Los trabajadores afiliados a una Administradora de Fondos de Jubilaciones y Pensiones tendrán derecho a prestaciones con cargo al importe acumulado en sus cuentas de capitalización individual.

  • Dichas prestaciones se adicionarán a las prestaciones a cargo del Régimen Previsional Público o de Reparto argentino, si reúne los requisitos exigidos en la legislación argentina.

Accidente de Trabajo y Enfermedad Profesional

En este caso, la prestación se determinará por el país a cuya legislación se hallará sujeto el trabajador en la fecha de producirse el accidente o de contraerse la enfermedad.

Trabajadores desplazados

Como norma general, lostrabajadores desplazados están sometidos a la legislación de SeguridadSocial del país en cuyo territorio están ejerciendo su actividad laboral.Ahora bien, si se trata de un traslado temporal, pueden mantener lalegislación española de Seguridad Social en los términos y requisitos queindicamos a continuación.

Se aplica a los trabajadores porcuenta ajena y por cuenta propia de ambos países, independientemente de lanacionalidad de los mismos. 

Desplazamiento inicial

Para los trabajadores por cuentaajena, que ejercen su actividad en una empresa española y que son desplazadospor la misma a realizar temporalmente su actividad en Argentina y para lostrabajadores que realizan una actividad por cuenta propia en España y que setrasladan temporalmente a desarrollar esa actividad en Argentina sesolicitará, ante la Dirección Provincial de la Tesorería General de laSeguridad Social o Administraciones de la misma, la expedición delcorrespondiente certificado de desplazamiento.

Formulario a tramitar

La empresa o trabajador porcuenta propia efectuarán su solicitud mediante el modeloTA.300   "Solicitud de información sobre lalegislación de Seguridad Social aplicable" y acompañarán elformulario E-ARGF.1 "Certificado de traslado temporario"cumplimentado en triplicado ejemplar.

El formulario expedido por laDirección Provincial o Administración correspondiente, certifica que eltrabajador continúa sometido a la legislación española de Seguridad Socialdurante su desplazamiento a Argentina, y en consecuencia está exento de cotizara la Seguridad Social argentina.

Periodo a autorizar

El periodo máximo de laduración del desplazamiento es de veinticuatro meses, tanto para lostrabajadores por cuenta ajena como para los trabajadores por cuentapropia. 

Prorroga ordinaria

Si el desplazamiento o trasladoen Argentina debe prolongarse más allá del periodo antes indicado de 24 meses,el empresario o el trabajador por cuenta propia, deberán efectuar la solicitudde prórroga, con tres meses de antelación a la finalización del periodo de losveinticuatro meses, ante la Subdirección General de Afiliación,Cotización y Gestión del Sistema RED de la TesoreríaGeneral de la Seguridad Social. Este Organismo solicitará a la Institucióncompetente argentina, la prórroga del desplazamiento inicial, que deberá serdebidamente justificada.

La solicitud de prórroga deberáefectuarse en el modeloTA.300   "Solicitud de información sobre lalegislación de Seguridad Social aplicable" y se acompañará elformulario E-ARGF.2 "Prórroga de traslado temporario", para suremisión al otro país.

La expedición de este formulariopor la Seguridad Social argentina, acredita que el trabajador continúasometido a la legislación española de Seguridad Social durante el periodoautorizado en el mismo.

Periodo de prórroga a autorizar 

El plazo máximo de la prórroga noestá especificado en el Convenio, pero la Seguridad Social de Argentinano autoriza más de 24 meses.

Véaseaquí información sobre otros tipos de desplazamientos (personal itinerante de las empresas de transporte aéreo con sede enEspaña y que desempeña la actividad en los dos paises; personal de las Misiones Diplomáticas y Oficinas Consularesen Argentina, que tengan la condición de funcionarios públicos; personasenviadas en misiones de cooperación; españoles, que no tengan la condición defuncionarios públicos, que desempeñen su actividad en las MisionesDiplomáticas u Oficinas Consulares de España en Argentina; personal alservicio privado de los miembros de dichas Misiones Diplomáticas u OficinasConsulares).

 Más Información:

Acceso al convenio bilateralEspaña-Argentina

ConvenioMultilateral Iberoamericano de Seguridad Social (al que están adheridosArgentina y España)

Suscripción a Newsletter