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Jubilación   10 May 2022

La Jubilación parcial, una interesante forma de seguir trabajando a tiempo parcial y combinarlo con el cobro de la pensión

Autor

Instituto BBVA de PENSIONES

Quizás seas de los que llevas muchos años trabajando y cotizando, te faltan unos pocos años para cumplir la edad ordinaria de jubilación, pero estas cansado y no te motiva continuar al mismo ritmo. Quieres más tiempo para ti y para los tuyos, para disfrutar de tus aficiones. Plantéate si la jubilación parcial es una opción para ti. Te informamos los requisitos exigidos para el acceso a la misma, y de cómo se calcula el importe de pensión que percibirías.

Se considera jubilación parcialla iniciada después del cumplimiento de los 60 años, simultánea con uncontrato de trabajo a tiempo parcial y vinculada o no con un contrato de relevocelebrado con un trabajador en situación de desempleo o quetenga concertado con la empresa un contrato de duración determinada.

Modalidades de jubilación parcial

Existen dos modalidades:
  • 1. Cuando el trabajador cumple la edad mínima establecida legalmente y acuerda con el empresario la reducción de su jornada dentro de los límites legales. El trabajador y la empresa firman un contrato a tiempo parcial y el trabajador pasa a percibir la pensión de jubilación que sustituye a los ingresos perdidos por la minoración de la jornada laboral.En este caso es obligatorio que el trabajador jubilado parcialmente sea sustituido por otro trabajador (relevista) que este en desempleo o por un trabajador de la misma empresa con un contrato temporal, al que se debe ampliar la jornada que venía realizando. Se firma un contrato de relevo con el trabajador relevista con, al menos, la jornada reducida del jubilado parcialmente. Si el jubilado parcial reduce su jornada en un 50%, el contrato de relevo tiene que ser, al menos, por ese 50%.
  • 2. Cuando el trabajador ha cumplido la edad ordinaria de jubilación (*), podrá acceder a la jubilación parcial firmando un contrato a tiempo parcial con el empresario. En este caso, no es necesario suscribir contrato de relevo con otro trabajador. (*) En 2022 la edad legal de jubilación ordinaria son 66 años y 2 meses en el caso de que se acrediten menos de 37 años y 6 meses de cotizaciones, y 65 años si se han cotizado 37 años y 6 meses o más.

Edad mínima (con contrato derelevo)

Los trabajadores mutualistas (queempezaron a trabajar antes de enero de 1967) pueden acceder a la jubilaciónparcial desde los 60 años. Para los trabajadores nomutualistas, a partir de 2027 la edad mínima de jubilaciónparcial será 63 años, para quien tenga más de 36 años y 6 mesescotizados, y 65 años en los demás casos. Hasta 2027 se aplica unatransitoria. Por ejemplo, para el año 2022 la edad mínima es 63 años y 4meses en el caso de disponer de 33 años o más cotizados, o 62 años y dos meses paratrabajadores que hayan cotizado 35 años y 6 meses o más. En el siguientecuadro se muestra esa transitoria hasta 2027, con la edad exigida para poderacceder a la jubilación parcial en cada año, en función del del periodo decotización acumulado y del año el que se accede a esa jubilación parcial:

Reducción de jornada e importepensión por jubilación parcial

En el caso de la jubilaciónparcial sin contrato de relevo (trabajadores que hayan cumplido la edadordinaria de jubilación), la reducción de la jornada a tiempo completo estarácomprendida entre un mínimo de un 25% y un máximo del 50%. Lareducción de jornada puede llegar hasta el 75%, para los supuestos en que untrabajador relevista fuera contratado a jornada completa mediante un contratode duración indefinido. En el caso de jubilaciónparcial con contrato de relevo, la reducción de la jornada estarácomprendida entre un mínimo del 25% y un máximo del 50%, o del 75% (**) siel contrato de relevo es a jornada completa y por tiempo indefinido,siempre que se acrediten el resto de requisitos. Dichos porcentajes seentenderán referidos a la jornada de un trabajador a tiempo completocomparable. (**)En algunos supuestos hasta el 85%.

Más Información

Conquién tenemos que celebrar el contrato de relevo en caso de jubilación parcial- BBVA Mi jubilación (bbvamijubilacion.es)

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