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Jubilación   16 Dic 2021

Cuál es la edad de jubilación en 2022

Autor

Instituto BBVA de PENSIONES

La edad legal de jubilación ordinaria está incrementándose año tras año, durante un periodo transitorio que comenzó en 2013 y terminará en 2027. Vemos cual será la edad requerida para aquellos que deseen jubilarse en 2022.

A partir de 2027 la edad de jubilación ordinaria será de 67 años para el caso de aquellas personas que hayan cotizado menos de 38 años y 6 meses, y de 65 años si se acreditase un periodo de cotización de 38 años y 6 meses o más. En 2022 la edad legal de jubilación ordinaria serán los 66 años y 2 meses en el caso de que se acrediten menos de 37 años y 6 meses de cotizaciones. En cambio, si has cotizado 37 años y 6 meses o más, en 2022 podrás jubilarte con 65 años. Este es el cuadro de la transitoria se muestran las edades de jubilación entre 2022 y 2027 (incluye también 2021), dependiendo del año de acceso a la jubilación:

Jubilación anticipada en 2022

Además, en 2022 podrías también jubilarte anticipadamente, hasta 24 meses antes de la edad legal ordinaria en caso de jubilación anticipada voluntaria (es decir, a partir de los 63 años o 64 años y 2 meses, dependiendo de los años de cotización que acredites), y hasta 48 meses antes en caso de jubilación anticipada involuntaria o forzosa (es decir, a partir de 61 años o 62 años y dos meses, dependiendo del número de años que hayas cotizado). En este post vinculado encontrarás los requisitos exigidos para para poder jubilarte anticipadamente, tanto de forma voluntaria como involuntaria , requisitos que no cambian en 2022. Se ha de tener presente que la reforma de las pensiones ha modificado los coeficientes reductores que se aplicarán a quienes se jubilen anticipadamente a partir de 1 de enero 2022, tanto para jubilación anticipada voluntaria como para la forzosa. Estos coeficientes pasan a ser mensuales, en lugar de trimestrales como eran hasta ahora. Además, se aplicarán sobre el importe de pensión teórica (calculada en función el número de años que hayas cotizado y de tus bases de cotización), y no sobre la base reguladora como se hacía hasta ahora. Esta medida te afectará más si venías cotizando por bases superiores a la pensión máxima y, por lo tanto, la pensión teórica calculada antes de aplicar los coeficientes por jubilación anticipada fuera superior a la pensión máxima. No obstante, en este caso los coeficientes se aplicarán de manera gradual en un plazo de 10 años, a contar desde 1 de enero de 2024. Los nuevos coeficientes de la jubilación anticipada voluntaria, aplicables a partir de 2022, son mejores que los anteriores en casi todos los casos, salvo en el caso de adelantar la jubilación 23 y 24 meses (el máximo posible) y los casos de adelantar únicamente 3 meses o menos. En este articulo encontrarás toda la información sobre las modificaciones y nuevos coeficientes para la jubilación anticipada voluntaria , y en este otro los aplicables para la jubilación anticipada involuntaria.

Retrasar edad de Jubilación más allá de la edad legal

La reforma de las pensiones introduce a partir de 1 de enero de 2022 nuevos incentivos por retrasar la jubilación más allá de la edad ordinaria. Se mejoran las bonificaciones existentes hasta la fecha, y los causantes de pensión podrán optar entre:
  • Un 4% de pensión adicional por cada año completo de retraso (y cotizado) respecto a la edad ordinaria.
  • Un capital único a tanto alzado por cada año de retraso, en función de cual sea su importe de pensión y la duración de su carrera de cotización (premiando las de más de 44 años y medio). Esta cantidad ascenderá a entre un mínimo de 4.786,27 euros y un máximo de 12.060,12 euros, por cada año de retraso.
  • Una fórmula mixta que combinando las dos opciones anteriores
En este articulo vinculado podrás encontrar más información sobre los nuevos incentivos por retraso de la edad de jubilación , los importes de capital a tanto alzado pagable por cada año de retraso, y los requisitos exigidos para la jubilación demorada.

Jubilación Activa

Finalmente, en relación a la jubilación activa ( es decir, combinar trabajo y pensión de jubilación cobrando un 50% del importe de la pensión que te corresponda, o hasta un 100% si eres autónomo y tienes al menos una persona contratada), a partir de 2022 se exigirá como condición para acceder a la misma el transcurso de al menos un año desde el cumplimiento de la edad ordinaria de jubilación.

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