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Jubilación   18 Jun 2020

Las condiciones y requisitos de la jubilación anticipada

Autor

Instituto BBVA de PENSIONES

La edad debe ser dos años menor a la edad legal en cada momento para la jubilación voluntaria y cuatro años menor para la no voluntaria, con años de cotización respectivos de 35 y 33 años.

Adelantar el momento de retiro laboral es una posibilidad, siempre que se cumplan determinadas condiciones, al alcance de todos. Eso sí, los requisitos para poder jubilarse antes de la edad legal se han endurecido con las últimas reformas en las pensiones. La norma actual establece una carrera mínima de 35 años de cotización para acceder a la jubilación anticipada voluntaria y 33 años cotizados en el caso de la jubilación anticipada forzosa y también en la jubilación parcial. Las reformas también han elevado la edad necesaria para acceder a estas modalidades.

Parajubilarse cuatro años antes de tiempo...

Siel cese en el último trabajo es consecuencia de un despido por una situación decrisis, es decir, si es una jubilación anticipada no voluntaria, haycondiciones especiales. En primer lugar, se ha de tener cumplida una edad quesea inferior -como máximo- en cuatro años a la edad ordinaria de jubilación en cada año. Es decir, cualquier persona que haya cumplido esa edad puede jubilarse anticipadamente en el periodo comprendido entre ese momento y la edad legal de jubilación. Además, es necesarioacreditar una cotización efectiva de al menos 33 años. Losautónomos no pueden acogerse a esta fórmula de jubilación anticipada.

Parajubilarse dos años antes de tiempo...

Todoslos trabajadores se pueden jubilar dos años antes de la edad legal si lo hacende forma voluntaria, es decir, si el cese en el último trabajo se produce deforma voluntaria y no por una situación extrema o de crisis. Para ello, esnecesario tener cumplida una edad que sea inferior en dos años a la edadordinaria de jubilación en cada año -como máximo-. Cualquier persona que haya cumplido esa edad puede jubilarse anticipadamente en el periodo comprendido entre ese momento y la edad legal de jubilación. Además,será necesaria una cotización efectiva de al menos 35 años. Podránacogerse a ella los trabajadores de todos los regímenes, también los autónomos,que es la única modalidad a la que pueden acogerse: tendrían que tener cumplidosdos años menos que la edad oficial en cada momento y tener cotizados almenos 35 años.  Otracondición es que la pensión resultante alaplicar los coeficientes reductores (debido a ese adelanto de la jubilación) superela pensión mínima que le correspondería al interesado por su situación familiaral cumplir los 65 años.

¿Me compensa?

Pero ojo, con la jubilación anticipada también se sufre unimportante recorte de la prestación, enfunción del número de meses que se anticipe la jubilación sobre la edad legalestablecida en cada año y en función de los años cotizados acumulados. Yese recorte se aplica sobre la primera pensión y se mantiene durante toda lajubilación.  Por eso, solo conviene jubilarse antes de la edad legal cuando, al hacer el cálculo de la pensión, se concluye que la prestación resulta suficiente para vivir. También cuando se calcule que, en un determinado momento del tiempo, antes de la edad legal de jubilación, ya se va a cobrar el 100% de lo que le corresponde al trabajador (principalmente, por haber cotizado durante muchos años), o cuando, aun sufriendo recortes en la prestación, el importe que corresponde es tal que ya se logra la pensión máxima. En el primer caso, puede darse el ejemplo de un trabajadorque haya cotizado muchos años y tenga carrera laboral completa (que aumenta deforma progresiva hasta los 38 años y medio a partir de 2027) y pueda jubilarsea los 65 años sin penalización y en el segundo, el de una persona con un fuertesalario y base de cotización que, aunque se jubile anticipadamente a los 63 ycobre menos del 100% de esa base, esa cantidad ya iguale o supere la pensiónmáxima establecida por ley, de forma que no le compense seguir trabajando. No obstante, téngase en cuenta con la nueva normativa sobre los coeficientesreductores de la jubilación anticipada, vigente desde 1 de enero de 2022, elperiodo transitorio para personas con base reguladora superior a la pensiónmáxima (véase en este articulo vinculado).

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