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Jubilación   19 Ene 2022

Jubilación anticipada voluntaria: requisitos para acceder a la misma y cómo calcular la pensión en 2022

Autor

Instituto BBVA de PENSIONES

Desde el 1 de enero, la regulación de la jubilación anticipada voluntaria ha sufrido cambios en cuanto a los coeficientes aplicados por adelanto de la edad de jubilación y, por lo tanto, en el cálculo del importe de la pensión. La edad mínima de jubilación anticipada también se ha incrementado, como consecuencia del incremento de la edad de jubilación ordinaria para 2022.

Los requisitos de acceso a la misma siguen igual. Vemos esos requisitos de acceso y como se calcula la pensión por jubilación anticipada.

Requisitos de acceso a la jubilación anticipada voluntaria

Edad de acceso

Es posible jubilarse anticipadamente de forma voluntaria hasta dos años (24 meses) antes de la edad legal ordinaria. Siguiendo la transitoria que se está aplicando hasta 2027, la edad legal de jubilación ordinaria en 2022 son 66 años y 2 meses en el caso de que se acrediten menos de 37 años y 6 meses de cotizaciones. En cambio, si se han cotizado 37 años y 6 meses o más, en 2022 la edad de jubilación ordinaria serán 65 años. Teniendo en cuenta lo anterior, será posible jubilarse anticipadamente de manera voluntaria:
  • A los 63 años en caso de disponer de un historial de cotización de 37 años y seis meses o más.
  • A los 64 años y 2 meses, en caso de haber cotizado menos de 37 años y 6 meses.

Periodo de cotización requerido

Además, para poder acceder a la jubilación anticipada voluntaria se requiere haber cotizado al menos 35 años, de los cuales 2 años de cotización deberán estar comprendidos en los 15 años anteriores al hecho causante (normalmente, este es el día de cese de la actividad laboral). Dentro de esos años cotizados, se tendrá en cuenta el periodo de tiempo destinado a la realización del servicio militar, la prestación social sustitutoria y del servicio social femenino (este último como novedad desde 1 de enero de 2022), con un máximo computable de 1 año.

Importe de pensión mínima a percibir

La pensión por jubilación anticipada voluntaria, resultante al aplicar los coeficientes reductores por adelanto de la jubilación, ha de ser superior a la cuantía de la pensión mínima que le correspondería al beneficiario de la pensión al cumplir 65 años. Si resultase inferior, no podría jubilarse anticipadamente de forma voluntaria.
 
Tanto los trabajadores por cuenta ajena como los autónomos pueden acogerse a esta modalidad de jubilación anticipada voluntaria.

Cálculo del importe de pensión de jubilación anticipada voluntaria

La reciente reforma de pensiones, que ha entrado en vigor a partir de 1 de enero, ha traído modificaciones en el cálculo de la pensión. El efecto principal de jubilarse de forma anticipada es la penalización que sufre el pensionista en el importe de su pensión durante toda la duración de su jubilación. Se aplican unos coeficientes reductores, en función del número de meses de adelanto de la edad de jubilación y del periodo de cotización total. Desde enero de 2022, estos coeficientes son mensuales, es decir, por cada mes de adelanto de la edad de jubilación. Estos son los pasos para el cálculo de la pensión de jubilación anticipada voluntaria:
  • 1.  Cálculo de la base reguladora

    A partir de 2022, se tienen en cuenta los 25 años de cotización previos a la fecha del hecho causante (normalmente, el día de cese en la actividad laboral), es decir 300 meses de cotización.
    Para calcular la base reguladora la suma de las cotizaciones de esos 300 meses  se divide entre  350 (ya que las bases de cotización son 12 anuales, en cambio la pensión se abona en 14 pagas).
    En caso de existir lagunas de cotización, las 48 primeras mensualidades sin cotizaciones se integran con el 100% la base de cotización mínima vigente en esos meses. Las restantes con el 50% de la base mínima de entre todas. No hay integración de lagunas en el régimen de autónomos (los meses sin cotización se contarán como importe cero).
  • 2.  Coeficientes aplicados sobre la base reguladora, en función del número de años cotizados, para cálculo de la pensión

    Antes de aplicar los coeficientes por anticipación de la edad de jubilación, para obtener la pensión de jubilación teórica, que correspondería a la edad ordinaria, se aplican una serie de coeficientes en función de los años cotizados acumulados a lo largo de la vida laboral: •  Con 15 años cotizados, se tendrá derecho al 50% de la base reguladora. • Para tener derecho al 100% de la misma es necesario cotizar un mínimo de años que variará según el año de jubilación: 36 años en 2022. A partir de 2027 serán necesarios 37 años cotizados. En esta página de la Seguridad Social se muestran los coeficientes aplicables a la base reguladora en función del número de años cotizados, según el año de jubilación.
  • 3.  Aplicación de coeficientes reductores por jubilación anticipada voluntaria

    Una vez calculada la pensión teórica que hubiera correspondido en caso de jubilación ordinaria, aplicando a la base reguladora los coeficientes correspondientes en función del número de años cotizados, el paso final consiste en aplicar sobre aquella pensión los coeficientes reductores mensuales por anticipación de la edad de jubilación, en función del número de meses de adelanto de la edad de jubilación y del periodo de cotización acumulado. Esto supone una novedad respecto a la normativa anterior al año 2022 en la que los coeficientes reductores por jubilación anticipada, que eran trimestrales, se aplicaban sobre la base reguladora. Los nuevos coeficientes reductores se sitúan entre estos rangos mínimos y máximos:
      •  En caso de tener cotizados menos de 38 años y 6 meses, anticipar la jubilación supondrá una reducción en la pensión de entre el 21% (24 meses antes) y el 3,26% (1 mes antes). •  Con más de 38 años cotizados y 6 meses y menos de 41 años y 6 meses, la reducción máxima será del 19% (24 meses de anticipo) y la mínima del 3,11% (1 mes). •  Si se tienen más de 41 años y 6 meses cotizados, y menos de 44 años y 6 meses, el coeficiente reductor para los que se jubilan 24 meses antes será del 17%. Si se jubilan un mes antes, la reducción será del 2,96%. •  los que tengan más de 44 años y 6 meses cotizados tendrán una reducción del 13% en caso de jubilarse dos años antes y del 2,81% en caso de hacerlo un mes antes.
Consulte en este artículo vinculado todos los nuevos coeficientes reductores aplicables desde 1 de enero de 2022, en función del número de año de adelanto y del periodo cotizado.

Beneficiarios de pensión por jubilación anticipada con base reguladora superior a la pensión máxima

Para personas con pensiones teóricas que, antes de aplicar los coeficientes por anticipación, sean superiores a la pensión máxima, se aplica una transitoria. Se eliminará gradualmente, durante un periodo de 10 años a partir del 1 de enero de 2024, la normativa anterior (que aplica los coeficientes reductores sobre base reguladora). Los coeficientes reductores aplicables durante ese periodo transitorio se muestran en este articulo vinculado, en función del año de acceso a la jubilación anticipada y los meses de anticipación. Hasta 1 de enero de 2024 permanecerá vigente el sistema aplicado hasta 31 de diciembre de 2021 para esos beneficiarios con pensión superior a la máxima (ver aquí). Lo anterior sólo resultará de aplicación en la medida en que la evolución de la pensión máxima absorba completamente el efecto del aumento de coeficientes respecto a los vigentes en 2021 para aquellos trabajadores con base reguladora superior a la pensión máxima, de manera que la pensión reconocida no resulte en nunca inferior a la que habría correspondido con la aplicación de las normas vigentes en 2021.

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