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Estoy trabajando   25 Mar 2020

Línea de avales del Gobierno para autonomos y empresas: primer y segundo tramos

Autor

Instituto BBVA de PENSIONES

El Consejo de Ministros ha aprobado, el 24 de marzo, el acuerdo que recoge las características del primer tramo de la Línea de Avales para empresas y autónomos, recogida en el Real Decreto Ley 8/2020 de medidas urgentes extraordinarias para hacer frente al impacto económico y social del COVID-19. Este primer tramo supone un importe de hasta 20.000 millones de euros.

Importe de la línea de avales a favor de empresas y autonomos

La Línea de Avales se aprobó en el RD 8/2020 con una dotación de hasta 100.000 millones de euros. Hasta el momento se han aprobado dos tramos.

1. Primer tramo de la línea  de avales

El primer tramo activado en el acuerdo del 24 de marzo tiene un importe de 20.000 millones de euros.  El 50% del mismo se reservará para garantizar préstamos de autónomos y pymes.

¿Quién podrá solicitar estos avales?

Podrán solicitar estos avales las empresas y autónomos afectados por los efectos económicos del COVID-19, siempre que los solicitantes no estuvieran en situación de morosidad a 31 de diciembre de 2019 y en procedimiento concursal a 17 de marzo de 2020.

En función de su fecha, ¿para qué operaciones podrán solicitarse?

Los avales tendrán carácter retroactivo y podrán solicitarse para las operaciones formalizadas con posterioridad a la entrada en vigor del Real Decreto-ley 8/2020, que se produjo el pasado día 18 de marzo.

Alcance del aval (importe)

En el caso de autonomos y pymes el aval garantizará el 80% de los nuevos préstamos y renovaciones de las operaciones solicitadas por autónomos y pymes. En el caso del resto de empresas el aval cubrirá el 70% del préstamo nuevo concedido y el 60% de las renovaciones.

Duración del aval

El aval emitido tendrá una vigencia igual al plazo del préstamo concedido, con un plazo máximo de cinco años.

¿Quién asumirá los costes asociados al aval?

El coste del aval, de entre 20 y 120 puntos básicos, será asumido por las entidades financieras.

Plazos de solicitud

Las empresas y autónomos interesados podrán solicitar la garantía para sus operaciones hasta el 30 de septiembre de 2020.

¿Dónde solicitarlo?

Deberán dirigirse a las entidades financieras con las que el ICO haya suscrito los correspondientes acuerdos de colaboración.

Otros compromisos que deben ser asumidos por las entidades financieras

Las entidades financieras se comprometen a mantener los costes de los nuevos préstamos y de las renovaciones que se beneficien de estos avales en línea con los costes aplicados antes del inicio de la crisis del COVID-19. También asumen el compromiso de mantener, al menos hasta el 30 de septiembre de 2020, los límites de las líneas de circulante concedidas a todos los clientes y, en particular, a aquellos clientes cuyos préstamos resulten avalados.

2. Segundo tramo de la línea de avales

El Consejo de Ministros ha aprobado El 10 de abril de 2020 la activación de un segundo tramo de la Línea de Avales para empresas y autónomos. El nuevo tramo iguala en importe al anterior (20.000 millones de euros). El 100% de los fondos de este segundo tramo se destinan a avalar operaciones de pymes y autónomos. La activación de este nuevo tramo se realiza antes del consumo total del primero con el objetivo de cubrir todas las posibles operaciones en cartera y permitir que entidades que están cerca de agotar el cupo que tenían asignado en el primer tramo para pymes y autónomos puedan seguir haciendo fluir el crédito hacia sus clientes. El segundo tramo mantiene las mismas características y el mismo modo de tramitación del tramo inicial. Podrán solicitar estos avales de forma exclusiva las pymes y autónomos afectados por los efectos económicos del COVID-19, siempre que los solicitantes no estuvieran en situación de morosidad a 31 de diciembre de 2019 y en procedimiento concursal a 17 de marzo de 2020. El aval garantiza el 80% de los nuevos préstamos y renovaciones de operaciones solicitadas por autónomos y pymes y tendrá una vigencia igual al plazo del préstamo concedido, con un máximo de cinco años. Se refuerzan y precisan las previsiones del anterior tramo. Se establece explícitamente que el precio de los créditos para los clientes que se beneficien del aval deberá, con carácter general, ser inferior al de los préstamos para la misma tipología de cliente que no contaran con dicha garantía. Asimismo, se incluye la prohibición de que las entidades comercialicen otros productos o servicios o condicionen la concesión del préstamo avalado a su contratación. Las pymes y autónomos interesados podrán solicitar la garantía para sus operaciones hasta 30 de septiembre de 2020. El plazo podrá ampliarse, siempre en línea con la normativa de Ayudas de Estado de la Unión Europea, por Acuerdo de Consejo de Ministros. La distribución de la línea de avales entre los operadores se llevará a cabo con los mismos criterios que los establecidos para el primer tramo, en función de la cuota de mercado comunicada por cada entidad financiera al Banco de España a cierre de 2019.

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