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Autónomos   7 Ene 2019

Los autónomos pagarán 5 euros más al mes a la Seguridad Social en 2019

Autor

Instituto BBVA de PENSIONES

La base mínima de cotización se incrementará hasta los 944,35 euros mensuales, desde los 932,70 euros mensuales vigentes en 2018

Finalmente, Gobierno y organizaciones de trabajadores autónomos alcanzaron un acuerdo para la revalorización de las cotizaciones de los trabajadores por cuenta propia para el año 2019. En las negociaciones, participaron las principales organizaciones de autónomos (ATA, UPTA y CEAT), así como el Ministerio de Trabajo y el acuerdo se acerca a lo demandado por los representantes de los autónomos. La intención inicial del Gobierno era incrementar las cotizaciones 40 euros mensuales, si bien en sucesivas negociaciones rebajó sus expectativas hasta los 22 euros mensuales. Finalmente, el incremento quedará fijado en 5 euros mensuales, 60 euros anuales. Además, se incrementa la protección de los trabajadores autónomos.

La base mínima de cotización aumenta un 1,25% y pasa de 932,70 euros mensuales a 944,35 euros mensuales. Además, se incrementa el tipo de cotización que se aplica a la base. Actualmente está fijado en el 29,80% y quedará fijado para 2019 en el 30%. Se espera que el tipo se incremente gradualmente durante los años sucesivos, hasta alcanzar el 30,9% en el año 2022.

¿Cuánto pagará en 2019 un autónomo que cotice por la base mínima?

A partir del 1 de enero, los autónomos personas físicas que coticen por la base mínima pagará 5,36 euros mensuales más, situándose la cuota en 283,3 euros mensuales. Es decir, el incremento anual en su cuota asciende a 64 euros. Los autónomos estarán no obstante más protegidos, dado que cotizarán también por contingencias profesionales, por cese de actividad y por formación profesional. Hasta ahora, la cotización por estos conceptos era voluntaria.

En cuanto a los autónomos societarios, la subida mensual en la cuota asciende a 6,89 euros (82 euros anuales.

Otras novedadespara los autónomos en 2019

  • Mejora el acceso a la prestación por cese de actividad, el “paro de los autónomos”- Se flexibiliza el requisito de acceso, muy estricto actualmente, y se prolonga la duración de la prestación.
  • Los autónomos podrán percibir la prestación por accidente de trabajo o enfermedad profesional desde el primer día de baja.
  • Podrán acceder a la formación continua y al reciclaje profesional.
  • Estarán exentos de abonar la cuota de Seguridad Social a partir del segundo mes de baja por enfermedad o incapacidad temporal hasta el momento del alta y las mujeres disfrutarán de una tarifa plana de 60 euros al mes durante 12 meses sin necesidad de cesar previamente en su actividad.
  • La tarifa plana se ve incrementada desde 50 euros mensuales hasta 60 euros mensuales. Se mantienen las bonificaciones actuales tras los 12 primeros meses.

La intención del Gobierno es que este acuerdo sea transitorio, e implementar desde el año 2020 un sistema de cotización basado en los ingresos reales, que está pendiente de concretar y de acordar con las organizaciones de autónomos a lo largo el año 2019, con la atención puesta, especialmente, en aquellos autónomos cuyos ingresos sean inferiores al SMI. 

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