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Estoy trabajando   20 Jul 2020

¿Puedo realizar alguna actividad estando de baja por incapacidad temporal?

Autor

Instituto BBVA de PENSIONES

La realización de trabajos durante la situación de incapacidad temporal (IT) se considera transgresión de la buena fe contractual y, por tanto, causa de despido y/o pérdida de la prestación

La incompatibilidad general con el desarrollo de actividad laboral.Es evidente que, si el trabajador está impedido para consumar la prestación laboral a que contractualmente viene obligado, tiene vedado cualquier otro tipo de trabajo, sobre todo si se tiene en cuenta que su inactividad forzada le es compensada económicamente por la empresa y por la Seguridad Social, a las que perjudica.

¿Hay excepciones a la prohibición general?

El criterio general es la prohibición, pero hay excepciones. No todas las actividades que realice el trabajador en baja son susceptibles de motivar despido, sino solamente aquellas que, dada la índole de la enfermedad y las características de la ocupación, son susceptibles de perturbar su curación o evidenciar su aptitud para realizar válidamente una actividad laboral normal.

Así, la jurisprudencia viene admitiendo que el trabajador en IT puede realizar actividades que se considera constituyen una "terapia ocupacional" compatible con las dolencias determinantes de la baja. Pero a la hora de considerar "qué ocupaciones" deben entenderse como "terapia ocupacional", las interpretaciones se multiplican, dando lugar a una extensa casuística.

Puesto que, además, una parte importante de tales dolencias son de carácter "psicológico" o "traumatológico" y, por tanto, de difícil y confusa constatación, el ámbito de "terapias curativas" que puede desempeñar el trabajador llega a ser extraordinariamente amplio.

En todo caso, algunas actividades compatibles con la situación de incapacidad temporal son, según los tribunales, singulares y excepcionales, exigiéndose que, tanto por prescripción médica como por el tipo de enfermedad, resulten adecuadas como tratamiento o remedio para lograr su curación o paliar la gravedad de la enfermedad.

¿Qué actividades no se pueden realizar durante la baja por incapacidad temporal?

Según reiterada Jurisprudencia no se permite realizar las siguientes actividades durante la incapacidad temporal, además de la norma general:

  • Realizar actividades en el establecimiento de panadería-cafetería de una hija varios días durante toda la jornada, incompatibles con su situación, poniendo en peligro su recuperación y alargando la baja médica.
  • Desarrollar una actividad profesional consistente en atender a la clientela en el negocio familiar de prensa de forma completa.
  • Realizar prácticas formativas en horario nocturno contraproducente para recuperarse del trastorno mixto de ansiedad y depresión.
  • Practicar deporte favorito participando en competiciones de alto nivel en situación de baja por depresión.
  • Acudir de forma habitual y durante toda la jornada laboral a un centro de trabajo propiedad de una amiga, atendiendo a sus clientes en ausencia de la misma.
  • Realizar un analista otra actividad laboral como la venta de inmuebles, para superar el proceso clínico de ansiedad, cuando le han recomendado incorporarse a actividades sociales e individuales a realizar en tiempo libre, que le hagan recuperar su capacidad para disfrutar de sus ambientes familiares y sociales.
  • Actuar como vocalista de la orquesta en unas fiestas, colaborando en el montaje y desmontaje del escenario, por ser tales actividades incompatibles con las dolencias, lo que evidencia una aptitud para el trabajo u obstaculización a su proceso de curación.
  • Realizar actividades incompatibles con las dolencias, como se demuestra por las fotos y comentarios publicados en Facebook.

¿Qué actividades se pueden realizar durante la baja por incapacidad temporal?

se permite en cambio realizar las siguientes actividades durante la situación de incapacidad temporal según señala la Jurisprudencia:

  • Gestión y representación de las empresas familiares, sin la frecuencia necesaria para obstaculizar su proceso de incapacidad temporal.
  • Realizar una pequeña actividad como es realizar tareas de poda durante menos de tres horas.
  • Realizar cierta actividad física a escasos días de que se produjera el alta: labores de limpieza de establecimiento, tirar desechos a la basura, realización de todo tipo de movimientos con total normalidad sin apreciarse ninguna molestia.
  • Realizar una actividad laboral por cuenta propia de forma continuada a través de una sociedad de la que se es socio y administrador único, dedicada a la comercialización, distribución y alquiler de vehículos a motor, en situación de pluriactividad previa a la IT, que no retrasa ni dificulta la curación de la patología determinante de la baja.
  • Realizar actividades sindicales.
  • Participar en las fiestas de la localidad, cuando la baja obedece a un trastorno de ansiedad.
  • Colaborar como voluntario en una ONG.

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