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Salud financiera   7 Ene 2019

Rescate de mi plan de pensiones, ¿qué se entiende por desempleo de larga duración?

Autor

Instituto BBVA de PENSIONES

Te explicamos qué condiciones debes acreditar y cómo acreditarlas para poder rescatar tu plan de pensiones por desempleo

Uno de los supuestos excepcionales de liquidez contemplados en el reglamento de fondos y planes de pensiones es el que contempla la situación de desempleo de larga duración. No obstante, muchos de los titulares de planes de pensiones desconocen esta posibilidad o no conocen en detalle qué requisitos deben acreditar para acogerse a ella.

El plan de pensiones y la situación de desempleo

Los planes de pensiones son productos de ahorro previsional a largo plazo cuyo principal cometido es el de proveer un ahorro complementario a la pensión pública en el momento de acceder a la jubilación y a lo largo de ella. Así, inicialmente la única posibilidad de rescatar los ahorros depositados en estos productos era alcanzar la jubilación. Posteriormente, la liquidez de estos productos se fue abriendo a otro tipo de contingencias y situaciones, entre las que se encuentra la de desempleo de larga duración, como se recoge en el Real Decreto 304/2004 de 20 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de planes y fondos de pensiones. El reglamento requiere acreditar 3 requisitos para poder acogerse a esta posibilidad de reembolso anticipado:
  • Hallarse en situación legal de desempleo. Se consideran situaciones legales de desempleo los supuestos de extinción de la relación laboral o administrativa y suspensión del contrato de trabajo contemplados como tales situaciones legales de desempleo en el artículo 208.1.1 y 2 del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio, y normas complementarias y de desarrollo.
  • No tener derecho a las prestaciones por desempleo en su nivel contributivo, o haber agotado dichas prestaciones.
  • Estar inscrito en el momento de la solicitud como demandante de empleo en el servicio público de empleo correspondiente.
En el caso de los trabajadores por cuenta propia que hubieran estado previamente integrados en un régimen de la Seguridad Social como tales y hayan cesado en su actividad, también podrán hacerse efectivos los derechos consolidados si concurren los requisitos establecidos en los dos primeros puntos anteriores.

Cómo acreditar estos requisitos

Habrá que presentar un informe de vida laboral actualizado y certificación por parte del SEPE de que nos encontramos inscritos como demandantes de empleo, así como un certificado en el que conste que no percibimos ninguna prestación por desempleo de nivel contributivo.

Formas de cobro del rescate

Se podrán percibir los derechos consolidados en cualquiera de las modalidades de rescate que contempla la ley: en forma de capital, en forma de renta, rescate mixto (como combinación de las dos formas anteriores) y rescate flexible (el beneficiario decide libremente las fechas y cuantías de los cobros, sin una periodicidad determinada). En caso de estar cobrando el plan de pensiones en forma de renta, será necesario acreditar periódicamente que se siguen cumpliendo los requisitos anteriormente explicados. 

Para más Información...

Para ampliar la información sobre el rescate del plan de pensiones por desempleo de larga duración y sobre el rescate en caso de cese por causas objetivas pinche aquí   Para más información sobre otras situaciones en relación al cobro del plan de pensiones por desempleo de larga duración, como son 1. las implicaciones en el caso de personas que esten percibiendo la ayuda paramayores de 52 años y 2. la incompatibilidad de simultanear la realización de aportaciones al plan de pensiones con el cobro del mismo por la situación de desempleo, pinche aquí

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