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Estoy trabajando   12 Dic 2022

Revalorización de las pensiones para 2023: pensiones mínimas y máxima de jubilación, viudedad e incapacidad

Autor

Instituto BBVA de PENSIONES

Las pensiones contributivas en 2023 se revalorización en un 8,5%, teniendo en cuenta el dato de inflación interanual media entre diciembre de 2021 y noviembre de 2022, La inflación anual media ha sido del 8,46% pero se redondearía al 8,5%, según confirma la Seguridad Social.

Este incremento del 8,46% esconsecuencia del índice de precios de consumo (IPC) medio entre diciembre de2021 y noviembre de 2022. Esa revalorización de laspensiones del 8,5% se aplica a todas las pensiones contributivas del sistemade Seguridad Social: Jubilación, incapacidad permanente, muerte y supervivencia(viudedad, orfandad…) etc. Asimismo, será la misma para los pensionistas delRégimen de Clases Pasivas. La inflación media interanual, entre diciembre de 2021 y noviembre de 2022, del 8,46% se ha calculado considerando el dato definitivo de la inflación de Noviembre (6,8%), publicado por el Instituto Nacional de Estadística (INE).

De acuerdo a la Ley 21/2021, de 28 de diciembre, de garantíadel poder adquisitivo de las pensiones y otras medidas de refuerzo de lasostenibilidad financiera y social del sistema público de pensiones, las pensiones de Seguridad Social , en su modalidadcontributiva, incluido el importe de la pensión mínima, se revalorizarán alcomienzo de cada año en el porcentaje equivalente al valor medio de lastasas de variación interanual expresadas en tanto por ciento del Índice dePrecios al Consumo (IPC) de los doce meses previos a diciembre del añoanterior.

Pensiones mínimas para 2023

Teniendo en cuenta esa revalorización del 8,5%, las pensiones mínimas de jubilación, viudedad e incapacidad permanente se sitúan en los siguientes importes:

Jubilación con más de 65 años

  • La pensión mínima por jubilación, para titulares con 65 años o más, con cónyuge a cargo, se incrementaría hasta los 13.526,70 euros anuales (966,19 euros mensuales, en 14 pagas).
  • La pensión mínima por jubilación, para titulares con 65 años o más, con cónyuge NO a cargo, se incrementaría hasta los 10.405,15 euros al año (743,22 euros mensuales).
  • La pensión mínima de jubilación, para titulares con 65 años o más, sin cónyuge (unidad económica unipersonal) se situaría en 10.962,62 euros anuales (783,04 euros mensuales).

Jubilación con menos de 65 años:

  • Con cónyuge a cargo: 12.682,13 euros al año (905,86 euros mensuales).
  • Sin cónyuge: 10.256,29 euros anuales (732,59 euros mensuales).
  • Con cónyuge no a cargo: 9.694,26 euros al año (692,44 euros mensuales).

Viudedad

  • La pensión de viudedad mínima para titulares con cargas familiares, se situaría en 12.682,13 anuales (905,86 euros mensuales).
  • Pensión mínima de viudedad para mayores de 65 años o con discapacidad igual o superior al 65%: 10.962,62 euros anuales (783,04 euros mensuales).
  • Pensión mínima de viudedad para titulares de entre 60 y 64 años: 10.256,29 euros anuales (732,59 euros mensuales).
  • Pensión mínima de viudedad para menores de 60 años sin cargas: 8.305,89 euros anuales (593,27 euros mensuales).

Incapacidad permanente

Incapacidad absoluta o total con 65 años o más:

  • Con cónyuge a cargo: 13.526,70 euros anuales (966,19 euros mensuales).
  • Sin cónyuge: 10.962,62 euros anuales (783,04 euros mensuales).
  • Con cónyuge no a cargo: 10.405,15 euros anuales (743,22 euros mensuales).

Incapacidad total para titulares de entre 60 y 64 años:

  • Con cónyuge a cargo: 12.682,13 euros anuales (905,86 euros mensuales).
  • Sin cónyuge: 10.256,29 euros anuales (732,59 euros mensuales).
  • Con cónyuge no a cargo: 9.694,26 euros al año (692,44 euros mensuales).

Incapacidad total derivada de una enfermedad común para menores de 60 años:

  • Con cónyuge a cargo: 8.081,08 euros anuales (577,22 euros mensuales).
  • Sin cónyuge: 8.081,08 euros anuales (577,22 euros mensuales).
  • Con cónyuge no a cargo: 8.011,21 euros anuales (572,22 euros mensuales).

Gran invalidez (mínimos también aplicables a Jubilación con 65 años procedente de gran invalidez):

  • Con cónyuge a cargo: 20.290,80 euros anuales (1.449,34 euros mensuales).
  • Sin cónyuge: 16.444,69 euros anuales (1.174,62 euros mensuales).
  • Con cónyuge no a cargo: 15.607,73 euros anuales (1.114,83 euros mensuales).

Pensión máxima para 2023

Con una revalorización del 8,5%, la pensión máxima en 2023 se situará en 3.059,23 euros mensuales (42.829,29 euros anuales).

Revalorización de las pensiones no contributivas en 2023

En cambio, los perceptores de pensionesno contributivas (PNC de jubilación y PNC de invalidez ) y los perceptores del ingreso mínimo vital (IMV),conservaran durante todo el año 2023 la subida del 15% en sus prestaciones,que ya se les venía aplicando, con carácter extraordinario, desde el pasado mesde julio de 2022. Por lo tanto, ese incremento del15% es el que se aplica sobre las cuantías de pensiones no contributivas que sepagaban desde inicio de 2022, no sobre el importe que, con carácterextraordinario, se revalorizó inicialmente desde de julio hasta diciembre de 2022,importe que continuará siendo el mismo a partir de enero de 2023.

Este año 2023 ya no se abonará la “paguilla”

La llamada paguilla consistíaen un abono compensatorio, que se pagó por última vez a inicios de2022 (en enero). Al cambiar el método de revalorización de laspensiones y pasar de tenerse en cuenta para revalorización de las mismasla variación del Índice de Precios al Consumo (IPC) medio de los 12 mesesprevios, en lugar del IPC estimado para el año entrante con una posterior regularizacióna cierre de cada año si el IPC definitivo a cierre de año fuera mayor (como sehacía hasta 2021), ya no procederá para este ejercicio 2023 esa regularización y paguillacompensatoria.
Nota de actualización:
En este otro artículo vinculado,  podrá ver en cuadros con las cuantías de pensiones contributivas mínimas de jubilación, incapacidad permanente, viudedad, orfandad, a favor de familiares, de las pensiones no contributivas y del ingreso mínimo vital, así como de la pensión máxima de la Seguridad Social.
En algunos casos, existen pequeñas diferencias (céntimos o euros) entre los importes mostrados en ambos artículos, debido a que la información mostrada en este artículo, se calculó estimativamente en diciembre de 2022, en base al porcentaje final de revalorización.

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