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Jubilación   28 Abr 2020

Estoy cobrando el subsidio para mayores de 52 años, ¿cuándo debo acceder a la pensión de jubilación?

Autor

Instituto BBVA de PENSIONES

El subsidio se extingue cuando el beneficiario cumple la edad ordinaria de jubilación, si bien acceder a la jubilación no es obligatorio

¿Quién accede al subsidio para mayores de 52 años?

Se accede a esta prestación en caso de desempleados de más de 52 años, siempre que se carezca de rentas propias de cualquier naturaleza, superiores, en cómputo mensual, al 75% del Salario Mínimo Interprofesional, excluida la proporción de las pagas extraordinarias. Además, se requiere:

  • Cotización por desempleo un mínimo de 6 años a lo largo de toda su vida laboral en cualquier régimen de la Seguridad Social.
  • La acreditación de que en el momento de la solicitud que se cumplen todos los requisitos para acceder a la pensión de jubilación, salvo la edad.
  • Encontrarse en determinadas situaciones de desempleo: 1. Haber agotado una prestación contributiva por desempleo; 2. ser emigrante retornado; 3. haber sido liberado de prisión; 4. haber sido declarado plenamente capaz o incapaz parcial como consecuencia de expediente de revisión por mejoría de una situación de gran invalidez, incapacidad absoluta o total para la profesión habitual; 5. estar en situación legal de desempleo y no tener derecho a prestación contributiva por desempleo por no haber cubierto el período mínimo de cotización, siempre que hayan cotizado, al menos, 3 meses.

La extinción automática en caso de alcanzar los requisitos para acceder a la jubilación

El beneficiario perderá el derecho al subsidio por desempleo cuando cumpla los requisitos para acceder a la pensión de jubilación.El subsidio se percibirá hasta la fecha en la que se cumpla la edad ordinaria de jubilación  y no solo hasta la fecha del cumplimiento de la edad para jubilarse anticipadamente, como ocurría con anterioridad a 2019.

No se trata de una opción que se conceda al subsidiado. Cuando se cumplen las condiciones para acceder a la pensión de jubilación, no se puede cobrar el subsidio y se abre la posibilidad de solicitar la prestación de jubilación, si se estima conveniente.

No hay que olvidar que para acceder al subsidio para mayores de 52 años se requiere el cumplimiento de todas las condiciones de acceso a la jubilación, excepto la edad. De esta forma, una vez que se llega a la edad legal de jubilación, se extinguirá el derecho.

De este modo, el subsidio puede extinguirse antes de llegar a la edad legal de jubilación.

Efectos económicos de la jubilación

Los efectos económicos de la pensión de jubilación se retrotraerán a la fecha de efectos de la extinción del subsidio para mayores de 52 años, siempre que se la solicitud del derecho se realice en el plazo de 3 meses siguientes de la resolución firme de extinción. En todo caso, tendrá una retroactividad máxima de 3 meses desde la solicitud.  

Más información en Mi Jubilación sobre…

 Ayudas para mayores de 52 años que han agotado la prestación contributiva

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