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Estoy trabajando   28 Jun 2022

Las pensiones no contributivas suben un 15%

Autor

Instituto BBVA de PENSIONES

Se benefician de esta medida, los perceptores de pensiones no contributivas de jubilación y de incapacidad permanente, así como los perceptores del ingreso mínimo vital (IMV).

La medida se ha recogido en el RealDecreto-ley 11/2022, de 25 de junio, por el que se adoptan y se prorrogandeterminadas medidas para responder a las consecuencias económicas y socialesde la guerra en Ucrania, para hacer frente a situaciones de vulnerabilidadsocial y económica, y para la recuperación económica y social de la isla de LaPalma, que ha entradoen vigor el pasado 27 de junio (día siguiente a su publicación en el BOE).

Vemos a continuación en queconsiste esta medida extraordinaria y temporal, quienes se beneficiaran deella, y como queda los nuevos importes de pensión no contributiva y de IMV.

Incremento extraordinario de las pensiones no contributivas de jubilación e invalidez 

Desde el 1 de julio de 2022 yhasta el 31 de diciembre de 2022, las pensiones de jubilación einvalidez del sistema de la Seguridad Social, en su modalidad no contributiva,tendrán un incremento extraordinario del 15% sobre el importe quecorresponda percibir a cada beneficiario en esos meses.

Este incremento será tambiénde aplicación, en los mismos términos, a:

  • las pensiones que ya se hayan solicitado a la fecha de la entrada en vigor de este nuevo Real Decreto ley 11/2022, pero no hayan sido resueltas.

  • A aquellas que se soliciten con posterioridad, siempre que los efectos de su reconocimiento no sean posteriores a 1 de diciembre de 2022.

Dicho incrementoextraordinario únicamente afectará al importe a percibir por los beneficiariosde las citadas pensiones, no teniendo incidencia en el importe de laspensiones no contributivas que haya de tomarse como referencia a otros efectos.

Nuevos importes de las pensiones no contributivas

Teniendo en cuenta esteincremento extraordinario del 15%, las cuantías quedan así desde 1 de juliohasta el 31 de diciembre:

  • La pensión no contributiva de jubilación integra se incrementa hasta 484,61 euros al mes.

  • La pensión no contributiva de jubilación mínima (del 25%) pasa a ser de 121,15 euros al mes.

  • Cuando dentro de una misma familia conviva más de un beneficiario de pensión no contributiva, la cuantía individual para cada uno de ellos será de:

    o    411,91 euros al mes sí coinciden dos personas beneficiarias.

    o    387,68 euros al mes sí coinciden tres o más personas.

  • La pensión no contributiva de invalidez (integra) se incrementa hasta 484,61 euros al mes.

  • La pensión no contributiva de invalidez con incremento del 50% pasa a ser de 726,9 euros al mes. Este (incremento del 50%) es el caso de perceptores de pensión no contributivas de invalidez cuyo grado de discapacidad sea igual o superior al 75% y acrediten la necesidad del concurso de otra persona para realizar los actos esenciales de la vida, lo cuales perciben además este complemento del 50%

  • La pensión no contributiva de invalidez, para el caso de que existan varios beneficiarios de pensión no contributiva en la misma unidad familiar será de

    o   411,91 euros al mes sí coinciden dos beneficiarios.

    o   387,68 euros al mes sí coinciden tres o más personas beneficiarias.

Incremento extraordinario en la prestación del Ingreso Mínimo Vital

El Instituto Nacional de laSeguridad Social reconocerá un incremento extraordinario en la prestación deingreso mínimo vital (IMV) vigente a la entrada en vigor de este nuevo realdecreto-ley 11/2022 (el 27 de junio), respecto de las mensualidades de abrila diciembre de 2022, ambas incluidas.

El incremento consistirá,también, en la aplicación de un porcentaje del 15% al importe mensual quetenga establecido cada beneficiario individual o unidad de convivencia enlos mencionados meses (abril a diciembre), incluyendo los complementosmensuales reconocidos y excluyendo los importes correspondientes a periodosprevios, así como a otros conceptos de periodicidad no mensual que hubieranpodido acumularse.

Este incremento también seráde aplicación, en los mismos términos, a:

  • Las solicitudes de esta prestación de IMV que hayan sido presentadas a la fecha de la entrada en vigor de este real decreto-ley, pero no hayan sido resueltas.

  • A aquellas que se presenten con posterioridad, siempre que los efectos de su reconocimiento no sean posteriores a 1 de diciembre de 2022.

 La actualización de la cuantíade la prestación con efectos de 1 de enero de 2022, tomando como referencialos ingresos anuales computables del ejercicio 2021, no afectará a esteincremento extraordinario, siempre que se mantenga el derecho a lapercepción de la prestación, una vez se haya efectuado dicha actualización.

En todo caso, el importe anual delas pensiones no contributivas que habrá de tenerse en cuenta para determinarla cuantía de la renta garantizada que sirve de referencia para fijar elimporte del ingreso mínimo vital durante el año 2022, será la establecida enel Real Decreto 65/2022, de 25 de enero, sobre actualización de las pensionesdel sistema de la Seguridad Social, de las pensiones de Clases Pasivas y deotras prestaciones sociales públicas para el ejercicio 2022. Ello sinperjuicio del incremento del 15% que proceda en las mensualidades mencionadaanteriormente.

Nuevos importes del ingreso mínimo vital 

Este incremento del 15%, suponeunos importes que van desde los 565 euros al mes hasta los 1.243, en funcióndel número de personas de la unidad de convivencia.

Más Información:

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