Novedades en materia de pensiones para 2022
Con el cambio de año surgen cambios normativos en pensiones, en relación al periodo transitorio para determinar la edad de jubilación, los años considerados para calcular la pensión, así como en la revalorización de pensiones. Además, este 1 de enero ha entrado en vigor el primer paquete de medidas de reforma de las pensiones.
Esas nuevas medidas han sido introducidas por la Ley de garantía del poder adquisitivo de las pensiones y de otras medidas de refuerzo de la sostenibilidad financiera y social del sistema público de pensiones, que modifica la Ley General de Seguridad Social.
Resumimos las novedades más destacadas para 2022:
Nuevo método de revalorización de las pensiones en función del IPC del año previo
Según este mecanismo, el 1 de enero de cada año se incrementarán las pensiones de acuerdo con la inflación media anual de los 12 meses previos (registrada en noviembre del ejercicio anterior).
No obstante, en aquellos años con IPC negativo, las pensiones quedarán inalteradas, no se reducirán.
Este método, introducido por la reforma, garantiza el mantenimiento del poder adquisitivo de las pensiones, eliminando definitivamente el llamado Índice de revalorización de las pensiones (IRP), introducido en 2013 y cuya aplicación estaba suspendida desde 2018, y que vinculaba la revalorización de las pensiones a una sería de factores, entre ellos el estado de las cuentas de la Seguridad Social (relación entre ingresos y gastos). |
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Por lo tanto, en 2022 las pensiones contributivas se revalorizarán un 2,5%
En 2022, que será el primer ejercicio en que se aplique este método, se tendrá en cuenta la inflación media desde diciembre de 2020 a noviembre de 2021. Teniendo en cuenta ese dato, la revalorización de las pensiones contributivas para 2022 será del 2,5%.
Además, antes de aplicar esta revalorización para 2022, en la segunda mitad de enero los pensionistas recibirán una paga (“llamada paguilla”) para compensar la desviación de un 1,6% entre el 0,9% que se revalorizaron las pensiones a inicio de 2021 (según el método aplicado en 2021, que era el IPC previsto para el año 2021) y el 2,5% que finalmente ha subido la inflación media en los últimos 12 meses.
Las pensiones mínimas contributivas, las no contributivas y el Ingreso Mínimo Vital , que no están ligadas al IPC, se revalorizarán todas ellas un 3% en 2022.
Si se suma el efecto de la paguilla que se pagará en enero, las pensiones contributivas en 2022 suben en total un 4,1%, salvo las pensiones mínimas que subirían en total un 4,6%.
Pensiones de jubilación mínimas y máximas en 2022
Por lo tanto, con la subida mencionada, las cuantías mínimas para las pensiones contributivas de jubilación durante el año 2022 (en 14 pagas) serían las siguientes:
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Jubilación con 65 años o más:
• Con cónyuge a cargo: 12.467 euros al año.
• Sin cónyuge: 10.103,80 euros al año.
• Con cónyuge no a cargo: 9.590 euros al año. -
Jubilación con menos de 65 años:
• Con cónyuge a cargo: 11.688,60 euros al año.
• Sin cónyuge: 9.452,80 euros al año.
• Con cónyuge no a cargo: 8.934,80 euros al año.
La pensión de jubilación máxima en 2022 asciende a 39.468,66 euros anuales, lo que suponen 962,78 euros más que en 2021 (que ha sido de 38.505,88 después de aplicar la paguilla de enero, o 37.904,86 euros sin considerar la paguilla).
Aumenta la edad de jubilación ordinaria
Durante 2022, únicamente quienes hayan cotizado 37 años y 6 meses o más podrán jubilarse con 65 años sin penalizaciones en su cuantía. Quienes no hayan llegado a 37 años y 6 meses cotizados, sólo podrán jubilarse ordinariamente si han cumplido 66 años y 2 meses, frente a los 66 años exigidos en 2021 para quienes hubiesen cotizado menos de 37 años y 3 meses.
Cambios en los parámetros para calcular la cuantía de la pensión de jubilación
Base reguladora
La cuantía de la pensión de jubilación es el resultado de aplicar unos porcentajes a una base reguladora. A partir de 2022, la base reguladora se calculará teniendo en cuenta los últimos 25 años cotizados inmediatamente anteriores al mes previo al de la jubilación.
Para determinar la base reguladora se tendrá en cuenta lo cotizado durante los últimos 300 meses (25 años) dividido por 350, teniendo en cuenta no sólo las 12 pagas ordinarias, sino también las 2 pagas extraordinarias que va a recibir el pensionista una vez jubilado.
Porcentajes aplicables sobre la base reguladora para calcular la pensión de jubilación
Determinada la base reguladora, se tienen que aplicar unos porcentajes sobre la misma, que darán lugar a la cuantía de la pensión. Durante 2022, se mantiene la regla que establece que a los primeros 15 años cotizados se le aplicará un porcentaje del 50%. Los porcentajes aplicables para los años cotizados posteriores a los 15 primeros años también son iguales que los que se aplicaban en 2020 y 2021. En concreto, por cada mes adicional, entre los meses 1 y 106, al 50% anterior se le añade un 0,21%, y por cada uno de los 146 meses siguientes, se le añade un 0,19%.
Al igual que en 2021, en 2022 son necesarios 36 años cotizados para alcanzar el 100% de la pensión.
Nuevos coeficientes reductores para la jubilación anticipada
Una de las medidas del primer paquete de reforma de las pensiones es la modificación de los coeficientes reductores que se aplican tanto por jubilación anticipada voluntaria como forzosa.
Estos coeficientes pasan a ser mensuales, en lugar de trimestrales, como venían siendo hasta 2021.
Los nuevos coeficientes son más beneficiosos que los existentes hasta 2021 en casi todos los casos, salvo para el caso de jubilación anticipada voluntaria los casos de adelantar el máximo posible la jubilación (24 o 23 meses) y de adelantarla solo 3 meses o menos.
Los coeficientes se aplican sobre el importe de pensión teórica obtenida antes de aplicar esos coeficientes por jubilación anticipada, en lugar de aplicarse sobre la base reguladora como se hacía hasta 2021. Esto perjudicará aquellas personas cuya pensión teórica antes de aplicar los coeficientes sea superior a la pensión máxima (39.468 euros en 2022). No obstante, los coeficientes reductores para esas personas se aplicarán de manera gradual, en un plazo de diez años a contar desde el 1 de enero de 2024 . Por lo tanto, no tendrá tanto impacto para quien se jubile anticipadamente en los primeros años a partir de 2022.
Ver aquí los nuevos coeficientes (mensuales) para la jubilación anticipada voluntaria. |
Además, se introduce un complemento que se pagará a las personas que se hubieran jubilado anticipadamente entre 2002 y 2021, y que cuenten con más de 44 años y 6 meses de carrera de cotización, o bien con al menos 40 años de cotización siempre y cuando en este último caso su pensión sea inferior a 900 euros mensuales, siempre y cuando la cuantía de la pensión inicial hubiera sido superior si se les hubieran aplicado los nuevos coeficientes reductores que están vigentes a partir de 1 de enero de 2022.
Nuevos incentivos a la jubilación demorada
Se han incrementado los incentivos existentes hasta 2021 por retraso de la jubilación más allá de la edad ordinaria. A partir de 2022, estos incentivos por cada año de demora podrán ser de tres tipos, a elegir por el beneficiario entre:
- Un porcentaje adicional del 4% (se aplicará a la respectiva base reguladora a efectos de determinar la pensión).
- Una cantidad a tanto alzado en función de la cuantía de la pensión y premiando las carreras de cotización más largas. Ese pago único se situará entre un mínimo de 4.786,27 euros y un máximo de 12.060,12 euros
- Una combinación de ambas opciones.
Eliminación del Factor de Sostenibilidad y sustitución del mismo por el Mecanismo de Equidad Intergeneracional
El derogado Factor de Sostenibilidad, cuya aplicación estaba suspendida hasta 2023, ajustaba el importe de la pensión de jubilación en función de la variación de la esperanza de vida a los 67 años estimada para la generación a la que pertenecía cada jubilado.
El Mecanismo de Equidad Intergeneracional (MEI) que lo sustituye, que será de aplicación temporal, consta de varios componentes. Entre ellos destaca la reactivación del Fondo de Reserva de la Seguridad Social, mediante una cotización adicional a la Seguridad Social del 0,6%, por contingencias comunes, a partir de 2023 y hasta 2032 (durante 10 años). Un 0,5% será a cargo de la empresa y un 0,1% lo soportará el trabajador.