La base reguladora es la cuantía utilizada para calcular las pensiones contributivas del sistema de la Seguridad Social. Es una cifra que sirve, por ejemplo, para calcular la pensión de jubilación y también la pensión de incapacidad permanente. Además, su cálculo también sirve para determinar lo que se va a percibir por otras prestaciones como por ejemplo viudedad, orfandad, incapacidad temporal , desempleo.
El cálculo de la base reguladoray los periodos de cotización tenidos en cuenta son diferentes dependiendo deltipo de pensión del que se trate. Incluso en algunos casos, como en el caso dela incapacidad permanente, el origen de la contingencia (si fuera por enfermedad común, por accidente de trabajo o enfermedad profesional, o por accidente no laboral) determina unas diferentes reglas de cálculo de la base reguladora.
En este artículo, abordamos como se calcula la base reguladora con la que se determina la pensión de jubilación.
La cuantía de la pensión de jubilación se determina aplicando a la base reguladora el porcentaje general que corresponda en función de los años cotizadosy, en su caso, el porcentaje adicional por prolongación de la vida laboral,cuando se acceda a la jubilación con una edad superior a la ordinaria vigenteen cada momento, o el coeficiente reductor que corresponda poranticipo de la de edad de jubilación ordinaria, bien el aplicable por jubilaciónanticipada voluntaria o el aplicable por jubilaciónanticipada involuntaria.
Desde 2013 hasta 2022, los añosde cotización computables para cálculo de la base reguladora han ido creciendo,a razón de uno por año.
Desde 2022 se consideran 25 años de cotización
Para todas las personas que se jubilen a partir de 2022, para determinar la base reguladora de su pensión de jubilación se tienen en cuenta
los 25 años de cotización inmediatamente anteriores al del mes previo al del hecho causante. El hecho causante normalmente es el día de cese en la actividad laboral, aunque en la
situación asimilada al alta y de
no alta el hecho causante se producirá el día de presentación de la solicitud de jubilación.
Por ejemplo, si un trabajador cumple la edad legal de jubilación el 15 de julio de 2022 y ese día solicita su jubilación, se valorarán las bases de cotización de los últimos 25 años para atrás a contar desde la base de cotización del mes de mayo de 2022.
Es decir, para calcular la base reguladora se tienen en cuenta las
bases de cotización de los últimos 300 meses.
Las últimas 24 bases de cotización, las correspondiente a los 2 últimos años, se computarán según su valor nominal, mientras que todas las anteriores se actualizarán según la evolución de Índice de Precios al Consumo (IPC) durante todo ese período (hasta el mes 300 antes de la jubilación).
Para calcular la base reguladora
lasuma de las cotizaciones de esos 300 meses de cotización se divide entre 350.Se aplica este divisor de 350 para adaptar el importe de la pensión a pagar a14 mensualidades, porque
las bases de cotización son 12 anuales, en cambiola pensión se abona en 14 pagas (12 pagas ordinarias y 2 extras).
Si hubiera periodos en los que nose he cotizado, y por lo tanto existiesen
lagunas de cotización, enel caso
de trabajadores por cuenta ajena las
48 primerasmensualidades sin cotizaciones se integran en la basereguladora con un importe igual al
100% de la base de cotizaciónmínima vigente en esos meses en que se producen las lagunas. Lasrestantes, a partir de la 49 mensualidad de lagunas de cotización, se integran conel 50% de la base de cotización mínima.
No hay integración de lagunas en el régimen de autónomos: los meses sincotización se contarán como importe cero, por lo que el efecto de la ausenciade cotización es mayor para los trabajadores por cuenta propia.
En caso de pluriempleo,para calcula la base reguladora las bases por las que se haya cotizado alas diversas empresas se computarán en su totalidad, sin que la suma de dichasbases pueda exceder del límite máximo de base de cotización vigente en cadamomento (por ejemplo, en 2022 asciende a 4.139,40 euros mensuales)
.
En caso de pluriactividad,cuando se acrediten cotizaciones a varios regímenes ( por ejemplo, RégimenGeneral y Régimen de Autónomos) y no se cause derecho a pensión en uno de esos regímenes,las bases de cotización acreditadas en este último en régimen depluriactividad, podrán ser acumuladas a las del régimen en el que sí se causela pensión, exclusivamente para la determinación de la base reguladora de la pensión,sin que suma de las bases pueda exceder del límite máximo de cotización vigenteen cada momento.
Finalmente comentar que una delas posibles medidas que podrían incluirse en el segundo paquete de medidas dereforma de las pensiones, actualmente en negociación, sería la extensión delnúmero de años de cotización a considerar para el cálculo de la basereguladora, incrementándose de los 25 años actuales hasta 35 años. No obstante,parece que la medida podría atenuarse dejando elegir al beneficiario susmejores 25 años de cotización entre esos 35 años.
Paraconocer cómo se acaba calculando el importe de la pensión de jubilación, unavez se ha calculado la base reguladora, puede informarse en este artículovinculado